Partidas
Notas Explicativas de las Partidas del Sistema Armonizado.
Sección | Título |
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Partida 01.01 | Caballos, asnos, mulos y burdéganos, vivos |
Partida 01.02 | Animales vivos de la especie bovina |
Partida 01.03 | Animales vivos de la especie porcina |
Partida 01.04 | Animales vivos de las especies ovina o caprina |
Partida 01.05 | Gallos, gallinas, patos, gansos, pavos (gallipavos) y pintadas, de las especies domésticas, vivos |
Partida 01.06 | Los demás animales vivos |
Partida 02.01 | Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada |
Partida 02.02 | Carne de animales de la especie bovina, congelada |
Partida 02.03 | Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada |
Partida 02.04 | Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada |
Partida 02.05 | Carne de animales de las especies caballar, asnal o mular, fresca, refrigerada o congelada |
Partida 02.06 | Despojos comestibles de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados |
Partida 02.07 | Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados |
Partida 02.08 | Las demás carnes y despojos comestibles, frescos, refrigerados o congelados |
Partida 02.09 | Tocino sin partes magras y grasa de cerdo o de ave sin fundir ni extraer de otro modo, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados |
Partida 02.10 | Carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos |
Partida 03.01 | Peces vivos |
Partida 03.02 | Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04 |
Partida 03.03 | Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04 |
Partida 03.04 | Filetes y demás carne de pescado (incluso picada), frescos, refrigerados o congelados |
Partida 03.05 | Pescado seco, salado o en salmuera; pescado ahumado, incluso cocido antes o durante el ahumado |
Partida 03.06 | Crustáceos, incluso pelados, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; crustáceos ahumados, incluso pelados, incluso cocidos antes o durante el ahumado; crustáceos sin pelar, cocidos en agua o vapor, incluso refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera |
Partida 03.07 | Moluscos, incluso separados de sus valvas, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; moluscos ahumados, incluso pelados, incluso cocidos antes o durante el ahumado |
Partida 03.08 | Invertebrados acuáticos, excepto los crustáceos y moluscos, vivos, frescos, refrigerados, congelados, secos, salados o en salmuera; invertebrados acuáticos ahumados, excepto los crustáceos y moluscos, incluso cocidos antes o durante el ahumado |
Partida 03.09 | Harina, polvo y «pellets» de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, aptos para la alimentación humana |
Partida 04.01 | Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante |
Partida 04.02 | Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 04.03 | Yogur; suero de mantequilla (de manteca), leche y nata (crema) cuajadas, kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao |
Partida 04.04 | Lactosuero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 04.05 | Mantequilla (manteca) y demás materias grasas de la leche; pastas lácteas para untar |
Partida 04.06 | Quesos y requesón |
Partida 04.07 | Huevos de ave con cáscara (cascarón), frescos, conservados o cocidos |
Partida 04.08 | Huevos de ave sin cáscara (cascarón) y yemas de huevo, frescos, secos, cocidos en agua o vapor, moldeados, congelados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 04.09 | Miel natural |
Partida 04.10 | Insectos y demás productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 05.01 | Cabello en bruto, incluso lavado o desgrasado; desperdicios de cabello |
Partida 05.02 | Cerdas de cerdo o de jabalí; pelo de tejón y demás pelos para cepillería; desperdicios de dichas cerdas o pelos |
Partida 05.03 | [05.03] |
Partida 05.04 | Tripas, vejigas y estómagos de animales, excepto los de pescado, enteros o en trozos, frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados |
Partida 05.05 | Pieles y demás partes de ave, con sus plumas o plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación; polvo y desperdicios de plumas o de partes de plumas |
Partida 05.06 | Huesos y núcleos córneos, en bruto, desgrasados, simplemente preparados (pero sin cortar en forma determinada), acidulados o desgelatinizados; polvo y desperdicios de estas materias |
Partida 05.07 | Marfil, concha (caparazón) de tortuga, ballenas de mamíferos marinos (incluidas las barbas), cuernos, astas, cascos, pezuñas, uñas, garras y picos, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada; polvo y desperdicios de estas materias |
Partida 05.08 | Coral y materias similares, en bruto o simplemente preparados, pero sin otro trabajo; valvas y caparazones de moluscos, crustáceos o equinodermos, y jibiones, en bruto o simplemente preparados, pero sin cortar en forma determinada, incluso en polvo y desperdicios |
Partida 05.09 | [05.09] |
Partida 05.10 | Ambar gris, castóreo, algalia y almizcle; cantáridas; bilis, incluso desecada; glándulas y demás sustancias de origen animal utilizadas para la preparación de productos farmacéuticos, frescas, refrigeradas, congeladas o conservadas provisionalmente de otra forma |
Partida 05.11 | Productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte; animales muertos de los Capítulos 1 o 3, impropios para la alimentación humana |
Partida 06.01 | Bulbos, cebollas, tubérculos, raíces y bulbos tuberosos, turiones y rizomas, en reposo vegetativo, en vegetación o en flor; plantas y raíces de achicoria, excepto las raíces de la partida 12.12 |
Partida 06.02 | Las demás plantas vivas (incluidas sus raíces), esquejes e injertos; micelios |
Partida 06.03 | Flores y capullos, cortados para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma |
Partida 06.04 | Follaje, hojas, ramas y demás partes de plantas, sin flores ni capullos, y hierbas, musgos y líquenes, para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma |
Partida 07.01 | Papas (patatas) frescas o refrigeradas |
Partida 07.02 | Tomates frescos o refrigerados |
Partida 07.03 | Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados |
Partida 07.04 | Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género Brassica, frescos o refrigerados |
Partida 07.05 | Lechugas (Lactuca sativa) y achicorias, comprendidas la escarola y la endibia (Cichorium spp.), frescas o refrigeradas |
Partida 07.06 | Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, pionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados |
Partida 07.07 | Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados |
Partida 07.08 | Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas |
Partida 07.09 | Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas |
Partida 07.10 | Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas |
Partida 07.11 | Hortalizas conservadas provisionalmente, pero todavía impropias, en este estado, para consumo inmediato |
Partida 07.12 | Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación |
Partida 07.13 | Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas |
Partida 07.14 | Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas), camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets»; médula de sagú |
Partida 08.01 | Cocos, nueces del Brasil y nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»), frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados |
Partida 08.02 | Los demás frutos de cáscara frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados |
Partida 08.03 | Bananas, incluidos los plátanos «plantains», frescos o secos |
Partida 08.04 | Dátiles, higos, piñas (ananás), aguacates (paltas), guayabas, mangos y mangostanes, frescos o secos |
Partida 08.05 | Agrios (cítricos) frescos o secos |
Partida 08.06 | Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas |
Partida 08.07 | Melones, sandías y papayas, frescos |
Partida 08.08 | Manzanas, peras y membrillos, frescos |
Partida 08.09 | Damascos (albaricoques, chabacanos), cerezas, duraznos (melocotones) (incluidos los griñones y nectarinas), ciruelas y endrinas, frescos |
Partida 08.10 | Las demás frutas u otros frutos, frescos |
Partida 08.11 | Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 08.12 | Frutas y otros frutos, conservados provisionalmente, pero todavía impropios, en este estado, para consumo inmediato |
Partida 08.13 | Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este capítulo |
Partida 08.14 | Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional |
Partida 09.01 | Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción |
Partida 09.02 | Té, incluso aromatizado |
Partida 09.03 | Yerba mate |
Partida 09.04 | Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados |
Partida 09.05 | Vainilla |
Partida 09.06 | Canela y flores de canelero |
Partida 09.07 | Clavos (frutos enteros, clavillos y pedúnculos) |
Partida 09.08 | Nuez moscada, macis, amomos y cardamomos |
Partida 09.09 | Semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino o alcaravea; bayas de enebro |
Partida 09.10 | Jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, curri y demás especias |
Partida 10.01 | Trigo y morcajo (tranquillón) |
Partida 10.02 | Centeno |
Partida 10.03 | Cebada |
Partida 10.04 | Avena |
Partida 10.05 | Maíz |
Partida 10.06 | Arroz |
Partida 10.07 | Sorgo de grano (granífero) |
Partida 10.08 | Alforfón, mijo y alpiste; los demás cereales |
Partida 11.01 | Harina de trigo o de morcajo (tranquillón) |
Partida 11.02 | Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranquillón) |
Partida 11.03 | Grañones, sémola y «pellets», de cereales |
Partida 11.04 | Granos de cereales trabajados de otro modo (por ejemplo: mondados, aplastados, en copos, perlados, troceados o quebrantados), excepto el arroz de la partida 1006; germen de cereales entero, aplastado, en copos o molido |