Partidas
Notas Explicativas de las Partidas del Sistema Armonizado.
Sección | Título |
---|---|
Partida 11.05 | Harina, sémola, polvo, copos, gránulos y «pellets», de papa (patata) |
Partida 11.06 | Harina, sémola y polvo de las hortalizas de la partida 07.13, de sagú o de las raíces o tubérculos de la partida 07.14 o de los productos del Capítulo 08 |
Partida 11.07 | Malta (de cebada u otros cereales), incluso tostada |
Partida 11.08 | Almidón y fécula; inulina |
Partida 11.09 | Gluten de trigo, incluso seco |
Partida 12.01 | Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas |
Partida 12.02 | Maníes (cacahuetes, cacahuates) sin tostar ni cocer de otro modo, incluso sin cáscara o quebrantados |
Partida 12.03 | Copra |
Partida 12.04 | Semillas de lino, incluso quebrantadas |
Partida 12.05 | Semillas de nabo (nabina) o de colza, incluso quebrantadas |
Partida 12.06 | Semillas de girasol, incluso quebrantadas |
Partida 12.07 | Las demás semillas y frutos oleaginosos, incluso quebrantados |
Partida 12.08 | Harina de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza |
Partida 12.09 | Semillas, frutos y esporas, para siembra |
Partida 12.10 | Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en «pellets»; lupulino |
Partida 12.11 | Plantas, partes de plantas, semillas y frutos de las especies utilizadas principalmente en perfumería, medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso cortados, quebrantados o pulverizados |
Partida 12.12 | Algarrobas, algas, remolacha azucarera y caña de azúcar, frescas, refrigeradas, congeladas o secas, incluso pulverizadas; huesos (carozos) y almendras de frutos y demás productos vegetales (incluidas las raíces de achicoria sin tostar de la variedad Cichorium intybus sativum) empleados principalmente en la alimentación humana, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 12.13 | Paja y cascabillo de cereales, en bruto, incluso picados, molidos, prensados o en «pellets» |
Partida 12.14 | Nabos forrajeros, remolachas forrajeras, raíces forrajeras, heno, alfalfa, trébol, esparceta, coles forrajeras, altramuces, vezas y productos forrajeros similares, incluso en «pellets» |
Partida 13.01 | Goma laca; gomas, resinas, gomorresinas y oleorresinas (por ejemplo: bálsamos), naturales |
Partida 13.02 | Jugos y extractos vegetales; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar y demás mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados |
Partida 14.01 | Materias vegetales de las especies utilizadas principalmente en cestería o espartería (por ejemplo: bambú, roten (ratán), caña, junco, mimbre, rafia, paja de cereales limpiada, blanqueada o teñida, corteza de tilo) |
Partida 14.02 | [14.02] |
Partida 14.03 | [14.03] |
Partida 14.04 | Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 15.01 | Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo) y grasa de ave, excepto las de las partidas 02.09 o 15.03 |
Partida 15.02 | Grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina, excepto las de la partida 15.03 |
Partida 15.03 | Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo |
Partida 15.04 | Grasas y aceites, y sus fracciones, de pescado o de mamíferos marinos, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.05 | Grasa de lana y sustancias grasas derivadas, incluida la lanolina |
Partida 15.06 | Las demás grasas y aceites animales, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.07 | Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.08 | Aceite de maní (cacahuete, cacahuate) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.09 | Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.10 | Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 15.09 |
Partida 15.11 | Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.12 | Aceites de girasol, cártamo o algodón, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.13 | Aceites de coco (de copra), de almendra de palma (palmiste) o de babasú, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.14 | Aceites de nabo (de nabina), colza o mostaza, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.15 | Las demás grasas y aceites, vegetales (incluido el aceite de jojoba) o de origen microbiano, fijos, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.16 | Grasas y aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo |
Partida 15.17 | Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites, alimenticios o sus fracciones, de la partida 15.16 |
Partida 15.18 | Grasas y aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte («estandolizados»), o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida 1516; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 15.19 | [15.19] |
Partida 15.20 | Glicerol en bruto; aguas y lejías glicerinosas |
Partida 15.21 | Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), cera de abejas o de otros insectos y esperma de ballena o de otros cetáceos (espermaceti), incluso refinadas o coloreadas |
Partida 15.22 | Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras, animales o vegetales |
Partida 16.01 | Embutidos y productos similares de carne, despojos, sangre o de insectos; preparaciones alimenticias a base de estos productos |
Partida 16.02 | Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos, sangre o de insectos |
Partida 16.03 | Extractos y jugos de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos |
Partida 16.04 | Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado |
Partida 16.05 | Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados |
Partida 17.01 | Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido |
Partida 17.02 | Los demás azúcares, incluidas la lactosa, maltosa, glucosa y fructosa (levulosa) químicamente puras, en estado sólido; jarabe de azúcar sin adición de aromatizante ni colorante; sucedáneos de la miel, incluso mezclados con miel natural; azúcar y melaza caramelizados |
Partida 17.03 | Melaza procedente de la extracción o del refinado del azúcar |
Partida 17.04 | Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco) |
Partida 18.01 | Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado |
Partida 18.02 | Cáscara, películas y demás residuos de cacao |
Partida 18.03 | Pasta de cacao, incluso desgrasada |
Partida 18.04 | Manteca, grasa y aceite de cacao |
Partida 18.05 | Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante |
Partida 18.06 | Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao |
Partida 19.01 | Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04.01 a 04.04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 19.02 | Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado |
Partida 19.03 | Tapioca y sus sucedáneos preparados con fécula, en copos, grumos, granos perlados, cerniduras o formas similares |
Partida 19.04 | Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 19.05 | Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares |
Partida 20.01 | Hortalizas, frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados en vinagre o en ácido acético |
Partida 20.02 | Tomates preparados o conservados (excepto en vinagre o en ácido acético) |
Partida 20.03 | Hongos y trufas, preparados o conservados (excepto en vinagre o en ácido acético) |
Partida 20.04 | Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), congeladas, excepto los productos de la partida 20.06 |
Partida 20.05 | Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), sin congelar, excepto los productos de la partida 20.06 |
Partida 20.06 | Hortalizas, frutas u otros frutos o sus cortezas y demás partes de plantas, confitados con azúcar (almibarados, glaseados o escarchados) |
Partida 20.07 | Confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 20.08 | Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 20.09 | Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva y el agua de coco) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 21.01 | Extractos, esencias y concentrados de café, té o yerba mate y preparaciones a base de estos productos o a base de café, té o yerba mate; achicoria tostada y demás sucedáneos del café tostados y sus extractos, esencias y concentrados |
Partida 21.02 | Levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos preparados para esponjar masas |
Partida 21.03 | Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada |
Partida 21.04 | Preparaciones para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados; preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas |
Partida 21.05 | Helados, incluso con cacao |
Partida 21.06 | Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 22.01 | Agua, incluidas el agua mineral natural o artificial y la gaseada, sin adición de azúcar u otro edulcorante ni aromatizada; hielo y nieve |
Partida 22.02 | Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas de la partida 20.09 |
Partida 22.03 | Cerveza de malta |
Partida 22.04 | Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 20.09 |
Partida 22.05 | Vermut y demás vinos de uvas frescas preparados con plantas o sustancias aromáticas |
Partida 22.06 | Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel, sake); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 22.07 | Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol.; alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación |
Partida 22.08 | Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol.; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas |
Partida 22.09 | Vinagre y sucedáneos del vinagre obtenidos a partir del ácido acético |
Partida 23.01 | Harina, polvo y «pellets», de carne, despojos, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, impropios para la alimentación humana; chicharrones |
Partida 23.02 | Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos de los cereales o de las leguminosas, incluso en «pellets» |
Partida 23.03 | Residuos de la industria del almidón y residuos similares, pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera, heces y desperdicios de cervecería o de destilería, incluso en «pellets» |
Partida 23.04 | Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en «pellets» |
Partida 23.05 | Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de mani (cacahuate, cacahuete), incluso molidos o en «pellets» |
Partida 23.06 | Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites, vegetales o de origen microbiano, incluso molidos o en «pellets», excepto los de las partidas 23.04 o 23.05 |
Partida 23.07 | Lías o heces de vino; tártaro bruto |
Partida 23.08 | Materias vegetales y desperdicios vegetales, residuos y subproductos vegetales, incluso en «pellets», de los tipos utilizados para la alimentación de los animales, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 23.09 | Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales |