Notas Explicativas
Textos que definen el alcance general de partidas y subpartidas en la nomenclatura del Sistema Armonizado.
Sección | Título |
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Partida 16.03 | Extractos y jugos de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos |
Partida 16.04 | Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado |
Partida 16.05 | Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados |
Partida 17.01 | Azúcar de caña o de remolacha y sacarosa químicamente pura, en estado sólido |
Partida 17.02 | Los demás azúcares, incluidas la lactosa, maltosa, glucosa y fructosa (levulosa) químicamente puras, en estado sólido; jarabe de azúcar sin adición de aromatizante ni colorante; sucedáneos de la miel, incluso mezclados con miel natural; azúcar y melaza caramelizados |
Partida 17.03 | Melaza procedente de la extracción o del refinado del azúcar |
Partida 17.04 | Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco) |
Partida 18.01 | Cacao en grano, entero o partido, crudo o tostado |
Partida 18.02 | Cáscara, películas y demás residuos de cacao |
Partida 18.03 | Pasta de cacao, incluso desgrasada |
Partida 18.04 | Manteca, grasa y aceite de cacao |
Partida 18.05 | Cacao en polvo sin adición de azúcar ni otro edulcorante |
Partida 18.06 | Chocolate y demás preparaciones alimenticias que contengan cacao |
Partida 19.01 | Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula o extracto de malta, que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 40 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04.01 a 04.04 que no contengan cacao o con un contenido de cacao inferior al 5 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 19.02 | Pastas alimenticias, incluso cocidas o rellenas (de carne u otras sustancias) o preparadas de otra forma, tales como espaguetis, fideos, macarrones, tallarines, lasañas, ñoquis, ravioles, canelones; cuscús, incluso preparado |
Partida 19.03 | Tapioca y sus sucedáneos preparados con fécula, en copos, grumos, granos perlados, cerniduras o formas similares |
Partida 19.04 | Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 19.05 | Productos de panadería, pastelería o galletería, incluso con adición de cacao; hostias, sellos vacíos de los tipos utilizados para medicamentos, obleas para sellar, pastas secas de harina, almidón o fécula, en hojas, y productos similares |
Partida 20.01 | Hortalizas, frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados en vinagre o en ácido acético |
Partida 20.02 | Tomates preparados o conservados (excepto en vinagre o en ácido acético) |
Partida 20.03 | Hongos y trufas, preparados o conservados (excepto en vinagre o en ácido acético) |
Partida 20.04 | Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), congeladas, excepto los productos de la partida 20.06 |
Partida 20.05 | Las demás hortalizas preparadas o conservadas (excepto en vinagre o en ácido acético), sin congelar, excepto los productos de la partida 20.06 |
Partida 20.06 | Hortalizas, frutas u otros frutos o sus cortezas y demás partes de plantas, confitados con azúcar (almibarados, glaseados o escarchados) |
Partida 20.07 | Confituras, jaleas y mermeladas, purés y pastas de frutas u otros frutos, obtenidos por cocción, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 20.08 | Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 20.09 | Jugos de frutas u otros frutos (incluido el mosto de uva y el agua de coco) o de hortalizas, sin fermentar y sin adición de alcohol, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 21.01 | Extractos, esencias y concentrados de café, té o yerba mate y preparaciones a base de estos productos o a base de café, té o yerba mate; achicoria tostada y demás sucedáneos del café tostados y sus extractos, esencias y concentrados |
Partida 21.02 | Levaduras (vivas o muertas); los demás microorganismos monocelulares muertos (excepto las vacunas de la partida 30.02); polvos preparados para esponjar masas |
Partida 21.03 | Preparaciones para salsas y salsas preparadas; condimentos y sazonadores, compuestos; harina de mostaza y mostaza preparada |
Partida 21.04 | Preparaciones para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados; preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas |
Partida 21.05 | Helados, incluso con cacao |
Partida 21.06 | Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 22.01 | Agua, incluidas el agua mineral natural o artificial y la gaseada, sin adición de azúcar u otro edulcorante ni aromatizada; hielo y nieve |
Partida 22.02 | Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada, y demás bebidas no alcohólicas, excepto los jugos de frutas u otros frutos o de hortalizas de la partida 20.09 |
Partida 22.03 | Cerveza de malta |
Partida 22.04 | Vino de uvas frescas, incluso encabezado; mosto de uva, excepto el de la partida 20.09 |
Partida 22.05 | Vermut y demás vinos de uvas frescas preparados con plantas o sustancias aromáticas |
Partida 22.06 | Las demás bebidas fermentadas (por ejemplo: sidra, perada, aguamiel, sake); mezclas de bebidas fermentadas y mezclas de bebidas fermentadas y bebidas no alcohólicas, no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 22.07 | Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual al 80 % vol.; alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación |
Partida 22.08 | Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico inferior al 80 % vol.; aguardientes, licores y demás bebidas espirituosas |
Partida 22.09 | Vinagre y sucedáneos del vinagre obtenidos a partir del ácido acético |
Partida 23.01 | Harina, polvo y «pellets», de carne, despojos, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, impropios para la alimentación humana; chicharrones |
Partida 23.02 | Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos de los cereales o de las leguminosas, incluso en «pellets» |
Partida 23.03 | Residuos de la industria del almidón y residuos similares, pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera, heces y desperdicios de cervecería o de destilería, incluso en «pellets» |
Partida 23.04 | Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en «pellets» |
Partida 23.05 | Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de mani (cacahuate, cacahuete), incluso molidos o en «pellets» |
Partida 23.06 | Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites, vegetales o de origen microbiano, incluso molidos o en «pellets», excepto los de las partidas 23.04 o 23.05 |
Partida 23.07 | Lías o heces de vino; tártaro bruto |
Partida 23.08 | Materias vegetales y desperdicios vegetales, residuos y subproductos vegetales, incluso en «pellets», de los tipos utilizados para la alimentación de los animales, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 23.09 | Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales |
Partida 24.01 | Tabaco en rama o sin elaborar; desperdicios de tabaco |
Partida 24.02 | Cigarros (puros) (incluso despuntados), cigarritos (puritos) y cigarrillos, de tabaco o de sucedáneos del tabaco |
Partida 24.03 | Los demás tabacos y sucedáneos del tabaco, elaborados; tabaco «homogeneizado» o «reconstituido»; extractos y jugos de tabaco |
Partida 24.04 | Productos que contengan tabaco, tabaco reconstituido, nicotina o sucedáneos del tabaco o de nicotina, destinados para la inhalación sin combustión; otros productos que contengan nicotina destinados para la absorción de nicotina en el cuerpo humano |
Partida 25.01 | Sal (incluidas la de mesa y la desnaturalizada) y cloruro de sodio puro, incluso en disolución acuosa o con adición de antiaglomerantes o de agentes que garanticen una buena fluidez; agua de mar |
Partida 25.02 | Piritas de hierro sin tostar |
Partida 25.03 | Azufre de cualquier clase, excepto el sublimado, el precipitado y el coloidal |
Partida 25.04 | Grafito natural |
Partida 25.05 | Arenas naturales de cualquier clase, incluso coloreadas, excepto las arenas metalíferas del Capítulo 26 |
Partida 25.06 | Cuarzo (excepto las arenas naturales); cuarcita, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares |
Partida 25.07 | Caolín y demás arcillas caolínicas, incluso calcinados |
Partida 25.08 | Las demás arcillas (excepto las arcillas dilatadas de la partida 68.06), andalucita, cianita y silimanita, incluso calcinadas; mullita; tierras de chamota o de dinas |
Partida 25.09 | Creta |
Partida 25.10 | Fosfatos de calcio naturales, fosfatos aluminocálcicos naturales y cretas fosfatadas |
Partida 25.11 | Sulfato de bario natural (baritina); carbonato de bario natural (witherita), incluso calcinado, excepto el óxido de bario de la partida 28.16 |
Partida 25.12 | Harinas silíceas fósiles (por ejemplo: «kieselguhr», tripolita, diatomita) y demás tierras silíceas análogas, de densidad aparente inferior o igual a 1, incluso calcinadas |
Partida 25.13 | Piedra pómez; esmeril; corindón natural, granate natural y demás abrasivos naturales, incluso tratados térmicamente |
Partida 25.14 | Pizarra, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares |
Partida 25.15 | Mármol, travertinos, «ecaussines» y demás piedras calizas de talla o de construcción de densidad aparente superior o igual a 2,5, y alabastro, incluso desbastados o simplemente troceados, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares |
Partida 25.16 | Granito, pórfido, basalto, arenisca y demás piedras de talla o de construcción, incluso desbastados o simplemente troceados, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares |
Partida 25.17 | Cantos, grava, piedras machacadas, de los tipos generalmente utilizados para hacer hormigón, o para firmes de carreteras, vías férreas u otros balastos, guijarros y pedernal, incluso tratados térmicamente; macadán de escorias o de desechos industriales similares, incluso con materiales comprendidos en la primera parte de la partida; macadán alquitranado; gránulos, tasquiles (fragmentos) y polvo de piedras de las partidas 25.15 o 25.16, incluso tratados térmicamente |
Partida 25.18 | Dolomita, incluso sinterizada o calcinada, incluida la dolomita desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares |
Partida 25.19 | Carbonato de magnesio natural (magnesita); magnesia electrofundida; magnesia calcinada a muerte (sinterizada), incluso con pequeñas cantidades de otros óxidos añadidos antes de la sinterización; otro óxido de magnesio, incluso puro |
Partida 25.20 | Yeso natural; anhidrita; yeso fraguable (consistente en yeso natural calcinado o en sulfato de calcio), incluso coloreado o con pequeñas cantidades de aceleradores o retardadores |
Partida 25.21 | Castinas; piedras para la fabricación de cal o de cemento |
Partida 25.22 | Cal viva, cal apagada y cal hidráulica, excepto el óxido y el hidróxido de calcio de la partida 28.25 |
Partida 25.23 | Cementos hidráulicos (comprendidos los cementos sin pulverizar o clinker), incluso coloreados |
Partida 25.24 | Amianto (asbesto) |
Partida 25.25 | Mica, incluida la exfoliada en laminillas irregulares («splittings»); desperdicios de mica |
Partida 25.26 | Esteatita natural, incluso desbastada o simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares; talco |
Partida 25.27 | [25.27] |
Partida 25.28 | Boratos naturales y sus concentrados (incluso calcinados), excepto los boratos extraídos de las salmueras naturales; ácido bórico natural con un contenido de H3BO3 inferior o igual al 85 %, calculado sobre producto seco |
Partida 25.29 | Feldespato; leucita; nefelina y nefelina sienita; espato flúor |
Partida 25.30 | Materias minerales no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 26.01 | Minerales de hierro y sus concentrados, incluidas las piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas) |
Partida 26.02 | Minerales de manganeso y sus concentrados, incluidos los minerales de manganeso ferruginosos y sus concentrados con un contenido de manganeso superior o igual al 20 % en peso, sobre producto seco |
Partida 26.03 | Minerales de cobre y sus concentrados |
Partida 26.04 | Minerales de níquel y sus concentrados |
Partida 26.05 | Minerales de cobalto y sus concentrados |
Partida 26.06 | Minerales de aluminio y sus concentrados |
Partida 26.07 | Minerales de plomo y sus concentrados |
Partida 26.08 | Minerales de cinc y sus concentrados |
Partida 26.09 | Minerales de estaño y sus concentrados |
Partida 26.10 | Minerales de cromo y sus concentrados |
Partida 26.11 | Minerales de volframio (tungsteno) y sus concentrados |
Partida 26.12 | Minerales de uranio o torio, y sus concentrados |
Partida 26.13 | Minerales de molibdeno y sus concentrados |
Partida 26.14 | Minerales de titanio y sus concentrados |
Partida 26.15 | Minerales de niobio, tantalio, vanadio o circonio, y sus concentrados |