Notas Explicativas
Textos que definen el alcance general de partidas y subpartidas en la nomenclatura del Sistema Armonizado.
Sección | Título |
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Partida 06.04 | Follaje, hojas, ramas y demás partes de plantas, sin flores ni capullos, y hierbas, musgos y líquenes, para ramos o adornos, frescos, secos, blanqueados, teñidos, impregnados o preparados de otra forma |
Partida 07.01 | Papas (patatas) frescas o refrigeradas |
Partida 07.02 | Tomates frescos o refrigerados |
Partida 07.03 | Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas aliáceas, frescos o refrigerados |
Partida 07.04 | Coles, incluidos los repollos, coliflores, coles rizadas, colinabos y productos comestibles similares del género Brassica, frescos o refrigerados |
Partida 07.05 | Lechugas (Lactuca sativa) y achicorias, comprendidas la escarola y la endibia (Cichorium spp.), frescas o refrigeradas |
Partida 07.06 | Zanahorias, nabos, remolachas para ensalada, salsifíes, pionabos, rábanos y raíces comestibles similares, frescos o refrigerados |
Partida 07.07 | Pepinos y pepinillos, frescos o refrigerados |
Partida 07.08 | Hortalizas de vaina, aunque estén desvainadas, frescas o refrigeradas |
Partida 07.09 | Las demás hortalizas, frescas o refrigeradas |
Partida 07.10 | Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas |
Partida 07.11 | Hortalizas conservadas provisionalmente, pero todavía impropias, en este estado, para consumo inmediato |
Partida 07.12 | Hortalizas secas, incluidas las cortadas en trozos o en rodajas o las trituradas o pulverizadas, pero sin otra preparación |
Partida 07.13 | Hortalizas de vaina secas desvainadas, aunque estén mondadas o partidas |
Partida 07.14 | Raíces de yuca (mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas), camotes (batatas, boniatos) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en «pellets»; médula de sagú |
Partida 08.01 | Cocos, nueces del Brasil y nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»), frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados |
Partida 08.02 | Los demás frutos de cáscara frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados |
Partida 08.03 | Bananas, incluidos los plátanos «plantains», frescos o secos |
Partida 08.04 | Dátiles, higos, piñas (ananás), aguacates (paltas), guayabas, mangos y mangostanes, frescos o secos |
Partida 08.05 | Agrios (cítricos) frescos o secos |
Partida 08.06 | Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas |
Partida 08.07 | Melones, sandías y papayas, frescos |
Partida 08.08 | Manzanas, peras y membrillos, frescos |
Partida 08.09 | Damascos (albaricoques, chabacanos), cerezas, duraznos (melocotones) (incluidos los griñones y nectarinas), ciruelas y endrinas, frescos |
Partida 08.10 | Las demás frutas u otros frutos, frescos |
Partida 08.11 | Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante |
Partida 08.12 | Frutas y otros frutos, conservados provisionalmente, pero todavía impropios, en este estado, para consumo inmediato |
Partida 08.13 | Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este capítulo |
Partida 08.14 | Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional |
Partida 09.01 | Café, incluso tostado o descafeinado; cáscara y cascarilla de café; sucedáneos del café que contengan café en cualquier proporción |
Partida 09.02 | Té, incluso aromatizado |
Partida 09.03 | Yerba mate |
Partida 09.04 | Pimienta del género Piper; frutos de los géneros Capsicum o Pimenta, secos, triturados o pulverizados |
Partida 09.05 | Vainilla |
Partida 09.06 | Canela y flores de canelero |
Partida 09.07 | Clavos (frutos enteros, clavillos y pedúnculos) |
Partida 09.08 | Nuez moscada, macis, amomos y cardamomos |
Partida 09.09 | Semillas de anís, badiana, hinojo, cilantro, comino o alcaravea; bayas de enebro |
Partida 09.10 | Jengibre, azafrán, cúrcuma, tomillo, hojas de laurel, curri y demás especias |
Partida 10.01 | Trigo y morcajo (tranquillón) |
Partida 10.02 | Centeno |
Partida 10.03 | Cebada |
Partida 10.04 | Avena |
Partida 10.05 | Maíz |
Partida 10.06 | Arroz |
Partida 10.07 | Sorgo de grano (granífero) |
Partida 10.08 | Alforfón, mijo y alpiste; los demás cereales |
Partida 11.01 | Harina de trigo o de morcajo (tranquillón) |
Partida 11.02 | Harina de cereales, excepto de trigo o de morcajo (tranquillón) |
Partida 11.03 | Grañones, sémola y «pellets», de cereales |
Partida 11.04 | Granos de cereales trabajados de otro modo (por ejemplo: mondados, aplastados, en copos, perlados, troceados o quebrantados), excepto el arroz de la partida 1006; germen de cereales entero, aplastado, en copos o molido |
Partida 11.05 | Harina, sémola, polvo, copos, gránulos y «pellets», de papa (patata) |
Partida 11.06 | Harina, sémola y polvo de las hortalizas de la partida 07.13, de sagú o de las raíces o tubérculos de la partida 07.14 o de los productos del Capítulo 08 |
Partida 11.07 | Malta (de cebada u otros cereales), incluso tostada |
Partida 11.08 | Almidón y fécula; inulina |
Partida 11.09 | Gluten de trigo, incluso seco |
Partida 12.01 | Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas |
Partida 12.02 | Maníes (cacahuetes, cacahuates) sin tostar ni cocer de otro modo, incluso sin cáscara o quebrantados |
Partida 12.03 | Copra |
Partida 12.04 | Semillas de lino, incluso quebrantadas |
Partida 12.05 | Semillas de nabo (nabina) o de colza, incluso quebrantadas |
Partida 12.06 | Semillas de girasol, incluso quebrantadas |
Partida 12.07 | Las demás semillas y frutos oleaginosos, incluso quebrantados |
Partida 12.08 | Harina de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza |
Partida 12.09 | Semillas, frutos y esporas, para siembra |
Partida 12.10 | Conos de lúpulo frescos o secos, incluso triturados, molidos o en «pellets»; lupulino |
Partida 12.11 | Plantas, partes de plantas, semillas y frutos de las especies utilizadas principalmente en perfumería, medicina o para usos insecticidas, parasiticidas o similares, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso cortados, quebrantados o pulverizados |
Partida 12.12 | Algarrobas, algas, remolacha azucarera y caña de azúcar, frescas, refrigeradas, congeladas o secas, incluso pulverizadas; huesos (carozos) y almendras de frutos y demás productos vegetales (incluidas las raíces de achicoria sin tostar de la variedad Cichorium intybus sativum) empleados principalmente en la alimentación humana, no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 12.13 | Paja y cascabillo de cereales, en bruto, incluso picados, molidos, prensados o en «pellets» |
Partida 12.14 | Nabos forrajeros, remolachas forrajeras, raíces forrajeras, heno, alfalfa, trébol, esparceta, coles forrajeras, altramuces, vezas y productos forrajeros similares, incluso en «pellets» |
Partida 13.01 | Goma laca; gomas, resinas, gomorresinas y oleorresinas (por ejemplo: bálsamos), naturales |
Partida 13.02 | Jugos y extractos vegetales; materias pécticas, pectinatos y pectatos; agar-agar y demás mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados |
Partida 14.01 | Materias vegetales de las especies utilizadas principalmente en cestería o espartería (por ejemplo: bambú, roten (ratán), caña, junco, mimbre, rafia, paja de cereales limpiada, blanqueada o teñida, corteza de tilo) |
Partida 14.02 | [14.02] |
Partida 14.03 | [14.03] |
Partida 14.04 | Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte |
Partida 15.01 | Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo) y grasa de ave, excepto las de las partidas 02.09 o 15.03 |
Partida 15.02 | Grasa de animales de las especies bovina, ovina o caprina, excepto las de la partida 15.03 |
Partida 15.03 | Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de sebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo |
Partida 15.04 | Grasas y aceites, y sus fracciones, de pescado o de mamíferos marinos, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.05 | Grasa de lana y sustancias grasas derivadas, incluida la lanolina |
Partida 15.06 | Las demás grasas y aceites animales, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.07 | Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.08 | Aceite de maní (cacahuete, cacahuate) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.09 | Aceite de oliva y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.10 | Los demás aceites y sus fracciones obtenidos exclusivamente de aceituna, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, y mezclas de estos aceites o fracciones con los aceites o fracciones de la partida 15.09 |
Partida 15.11 | Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.12 | Aceites de girasol, cártamo o algodón, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.13 | Aceites de coco (de copra), de almendra de palma (palmiste) o de babasú, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.14 | Aceites de nabo (de nabina), colza o mostaza, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.15 | Las demás grasas y aceites, vegetales (incluido el aceite de jojoba) o de origen microbiano, fijos, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente |
Partida 15.16 | Grasas y aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo |
Partida 15.17 | Margarina; mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites, alimenticios o sus fracciones, de la partida 15.16 |
Partida 15.18 | Grasas y aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte («estandolizados»), o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida 1516; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animales, vegetales o de origen microbiano, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte |
Partida 15.19 | [15.19] |
Partida 15.20 | Glicerol en bruto; aguas y lejías glicerinosas |
Partida 15.21 | Ceras vegetales (excepto los triglicéridos), cera de abejas o de otros insectos y esperma de ballena o de otros cetáceos (espermaceti), incluso refinadas o coloreadas |
Partida 15.22 | Degrás; residuos procedentes del tratamiento de grasas o ceras, animales o vegetales |
Partida 16.01 | Embutidos y productos similares de carne, despojos, sangre o de insectos; preparaciones alimenticias a base de estos productos |
Partida 16.02 | Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos, sangre o de insectos |