Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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84.72 | Las demás máquinas y aparatos de oficina (por ejemplo: copiadoras hectográficas, mimeógrafos, máquinas de imprimir direcciones, distribuidores automáticos de billetes de banco, máquinas de clasificar, contar o encartuchar monedas, sacapuntas, perforadoras, grapadoras). | |
8472.10.00 | - Copiadoras, incluidos los mimeógrafos | u |
8472.30.00 | - Máquinas de clasificar, plegar, meter en sobres o colocar en fajas, correspondencia, máquinas de abrir, cerrar o precintar correspondencia y máquinas de colocar u obliterar sellos (estampillas) | u |
8472.90 | - Los demás: | |
8472.90.10 | - - Máquinas de clasificar o contar monedas o billetes de banco | u |
8472.90.20 | - - Distribuidores automáticos de billetes de banco | u |
8472.90.30 | - - Aparatos para autenticar cheques | u |
8472.90.40 | - - Perforadoras o grapadoras | u |
8472.90.50 | - - Cajeros automáticos | u |
8472.90.90 | - - Los demás | u |
Partida 84.72
84.72 Las demás máquinas y aparatos de oficina (por ejemplo: copiadoras hectográficas, mimeógrafos, máquinas de imprimir direcciones, distribuidores automáticos de billetes de banco, máquinas de clasificar, contar o encartuchar monedas, sacapuntas, perforadoras, grapadoras)
Nota Explicativa
Esta partida comprende el conjunto de máquinas o aparatos de oficina que no están comprendidos más específicamente en las tres partidas precedentes o en cualquiera otra partida de la Nomenclatura.
La expresión máquinas y aparatos de oficina debe tomarse en un sentido muy amplio. Salvo las excepciones señaladas a continuación a propósito de las copiadoras, comprende no sólo las máquinas y aparatos empleados en las oficinas propiamente dichas, sino también los que se emplean en los almacenes, tiendas, fábricas, talleres, escuelas, estaciones, hoteles, etc., para ejecutar el trabajo de oficina, es decir, el trabajo relativo a la escritura (registro, conservación de documentos, correspondencia, etc.), la clasificación, contabilidad, etc.
Sin embargo, sólo se admiten aquí las máquinas y aparatos que lleven un zócalo para colocarlas, por ejemplo, sobre una mesa o un dispositivo de fijación, con exclusión, en consecuencia, de los instrumentos de mano, tales como las herramientas de mano del Capítulo 82.
La clasificación en esta partida de las máquinas y aparatos de que se trata es independiente del modo de funcionamiento que, según los aparatos o el tipo, puede ser manual, mecánico o eléctrico (incluido el electromagnético o electrónico).
Están principalmente comprendidos aquí:
1) Las copiadoras hectográficas (con pasta o alcohol) y los mimeógrafos, incluidas las pequeñas prensas diseñadas para utilizar con los aparatos hectográficos.
Por el contrario, no se clasifican en esta partida, incluso si se destinan al uso en oficinas, las pequeñas máquinas de imprimir que trabajan por impresión tipográfica, litografía u offset, por medio de hojas de metal o de plástico, así como las máquinas mixtas susceptibles de trabajar a la vez por policopia y por impresión (partida 84.43). Asimismo, se excluyen los aparatos de fotocopia o de termocopia, así como los aparatos de registro fotográfico en microfilmes o microfichas (Capítulo 90).
2) Las máquinas de imprimir direcciones, que se utilizan para la reproducción frecuente de las mismas inscripciones en numerosos ejemplares, principalmente para la impresión de direcciones de clientes en facturas, cartas, sobres, etc. Estas máquinas funcionan generalmente por medio de pequeños clisés enmarcados, de plantillas de estarcir, o bien, incluso de placas metálicas estampadas. Están igualmente clasificadas aquí las máquinas especiales para cortar las plaquitas de estarcir o estampar las placas de direcciones (estampadores o grafotipos), así como las máquinas para seleccionar estas plaquitas o placas.
3) Las máquinas para expedir tiques o billetes (excepto las que llevan un dispositivo de totalización de la partida 84.70 o que funcionen por introducción de una moneda, de la partida 84.76), incluidos los aparatos para fechar los tiques, los pequeños aparatos portátiles, generalmente fijos a la cintura, que utilizan principalmente los cobradores de empresas de transporte colectivo para perforar los billetes o para expedirlos, imprimiéndolos, a veces, en un rodillo de papel.
4) Las máquinas para clasificar, contar piezas de moneda o billetes de banco, incluso si llevan un dispositivo para fajar los billetes o encartuchar la moneda con una banda de papel o de cartón, el precintado del cartucho o del fajo y, a veces, incluso, para imprimir en los envases el número y el valor de las piezas o de los billetes.
Las máquinas de contar moneda por pesada (balanzas contadoras de piezas) se clasifican en las partidas 84.23 o 90.16, según los casos.
5) Los distribuidores automáticos de billetes de banco que trabajan en conexión directa o diferida con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos.
6) Los “cajeros automáticos” que permiten a los clientes de una entidad bancaria depositar, retirar y transferir fondos y comprobar el saldo de sus cuentas sin establecer contacto directo con el personal del banco.
7) Las máquinas sacapuntas, incluidas las accionadas a mano.
Los sacapuntas no mecánicos se clasifican en la partida 82.14 o en el Capítulo 95, si tienen el carácter de juguete.
8) Las perforadoras, que se utilizan para hacer agujeros en papeles o documentos, bien para clasificarlos en encuadernaciones móviles, por ejemplo, o bien para colocarlos en índices (principalmente, fichas de contabilidad).
Las máquinas para taladrar en línea con pequeños agujeros (trepado) (como en las hojas de los sellos de correo) se clasifican en la partida 84.41.
9) Las máquinas de perforar, que se utilizan para hacer las perforaciones en las cintas para el mando de máquinas de escribir automáticas.
Las máquinas para perforar que se utilizan en imprenta para la precomposición de los textos se clasifican en la partida 84.42.
10) Las máquinas que utilizan las cintas perforadas, llamadas de pulsación automática de los originales que, combinadas con las máquinas de escribir comunes, las automatizan y pueden realizar además una selección de párrafos de los textos que se reproducen.
11) Los pequeños aparatos de grapar o desgrapar que se utilizan para coser documentos por medio de una grapa metálica, o para quitarla.
Se excluyen sin embargo:
- Las pistolas de grapar (partida 82.05).
- Las coseduras de hilo metálico utilizadas en la industria de la encuadernación (partida 84.40).
- Las máquinas grapadoras de los tipos que se utilizan para la fabricación de cajas de cartón (partida 84.41).
12) Las máquinas para plegar la correspondencia. El hecho de que estas máquinas lleven a veces un dispositivo complementario para introducir la correspondencia en sobres o fajas no tiene influencia en la clasificación.
13) Las máquinas para cerrar, pegar o abrir la correspondencia.
14) Las máquinas para obliterar los sellos.
15) Las máquinas para clasificar cartas utilizadas en las oficinas de correos, incluidas las que se componen esencialmente de grupos de pupitres de codificación, sistemas de preclasificación, clasificadoras intermedias y clasificadoras definitivas, el conjunto dirigido por una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos y que constituyen una unidad funcional por aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI).
16) Los aparatos para la distribución de papel de envasar o de papel engomado.
17) Los aparatos para humectar el papel engomado o los sellos, incluidos los de un simple rodillo.
18) Los aparatos que se utilizan en las oficinas para destruir los documentos confidenciales.
19) Las máquinas para rellenar los cheques que escriben letra por letra, o bien por palabras enteras o grupos de palabras. Estas máquinas suelen estar diseñadas para hacer perforaciones finas o rayados cruzados sobre los caracteres u otros signos impresos.
20) Las máquinas para firmar cheques, en las que la impresión de la firma se hace de una sola vez, frecuentemente sobre un fondo complejo de dibujos inimitables.
21) Los distribuidores automáticos de moneda utilizados en combinación con una caja registradora para dar de forma automática el cambio al cliente.
22) Las máquinas autónomas de los tipos utilizados en las oficinas para clasificar y cotejar los documentos e impresos.
Las máquinas citadas en los apartados 19) y 20) anteriores, que utilizan frecuentemente tintas especiales indelebles y penetrantes, pueden accesoriamente rellenar y firmar otros documentos para prevenir riesgos de falsificación.
23) Las máquinas de escribir se caracterizan generalmente por un teclado en el que las teclas transmiten el movimiento a caracteres que imprimen directamente sobre el papel. Los caracteres están grabados en relieve en macillos movidos por palancas, o bien dispuestos en una esfera, un cilindro, una rueda de caracteres (margarita) o en elementos cilíndricos (lanzaderas) que se desplazan para presentar la letra apropiada. La pulsación se hace letra por letra o, excepcionalmente, por grupos pequeños de caracteres que representan abreviaturas o indicaciones codificadas.
La clasificación de estas máquinas no depende del tipo de caracteres utilizados. Están comprendidas aquí, al igual que las máquinas de caracteres normales, las máquinas de estenotipia, las de escribir notaciones musicales, caracteres Braille, etc., y, siempre que escriban como las máquinas precedentes, las máquinas para cifrar o descifrar (criptografía).
Esta partida comprende no sólo las máquinas de funcionamiento manual, sino también las que llevan un motor eléctrico, relés electromagnéticos o un sistema electrónico (en el caso, por ejemplo, de ciertas máquinas de escribir automáticas).
Asimismo, el hecho de que las máquinas puedan utilizarse para mecanografiar esténciles encerados de copiadoras o clisés de materias plásticas u hojas metálicas de pequeñas máquinas de imprimir llamadas también copiadoras, no influye en la clasificación.
Están igualmente comprendidas aquí:
1) Las máquinas de escribir automáticas. Entre estas se pueden citar:
- Las máquinas cuyos elementos impresores no son accionados por las teclas sino por medio de una banda de papel en la que previamente se ha perforado el texto.
- Las máquinas dotadas de una memoria de pequeña capacidad que pueden, gracias a teclas funcionales suplementarias, memorizar textos, corregirlos y reescribirlos automáticamente.
- Las máquinas (impresoras) sin teclado que imprimen carácter a carácter mediante rueda intercambiable. Estas máquinas están concebidas para su conexión, por medio de una interfaz apropiada, principalmente a otras máquinas de escribir, a máquinas para tratamiento de textos o a máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos. Salvo que se trate de las máquinas mencionadas en la Nota 5 B) del presente Capítulo, las impresoras que cumplan con las condiciones citadas en la nota 5 D) 1°) del presente Capitulo, se clasifican en la partida 84.43.
2) Las máquinas de escribir marcas identificativas en los tubos aislantes (por ejemplo, en las fundas de hilos eléctricos). Estas máquinas utilizan, a veces, caracteres calientes.
3) Las máquinas de escribir sin dispositivo de cálculo, especialmente diseñadas para escribir en libros o formularios de contabilidad, tales como facturas, hojas móviles de libros de contabilidad o fichas.
4) Las máquinas de escribir con un dispositivo de unión eléctrica o electromecánica, que transmiten automáticamente las cifras pulsadas en una máquina de calcular o en una máquina de contabilidad distinta.
5) Las máquinas para tratamiento o procesamiento de textos que tienen, además del teclado, una o más memorias de gran capacidad (por ejemplo, discos, minidiscos, casetes), una pantalla de visualización y una impresora. Estos componentes pueden constituir un solo cuerpo o presentarse en elementos distintos unidos por cables. Las máquinas para el tratamiento de textos pueden llevar interfaces que permitan unirlas, por ejemplo, a otras máquinas de tratamiento de textos, a una fotocomponedora, a una máquina automática de tratamiento de información o a un sistema de transmisión a distancia. La posibilidad de corregir o componer textos es más amplia que la de las máquinas de escribir automáticas. La capacidad eventual de efectuar operaciones aritméticas no puede compararse con la de las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos (definidas en la Nota 5 de este Capítulo) y no puede hacerles perder el carácter de máquinas para el tratamiento de textos. Además, se distinguen de las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos de la partida 84.71 por el hecho, principalmente, de que no pueden tomar la decisión lógica de modificar durante el tratamiento la ejecución de un programa (véase la Nota 5 del presente Capítulo).
PARTES Y ACCESORIOS
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), las partes y accesorios de las máquinas o aparatos de esta partida se clasifican en la partida 84.73.
Se excluyen además de esta partida:
- Las máquinas de dictar y demás aparatos para grabación o reproducción de sonido (partida 85.19).
- Los aparatos para el examen radioscópico de billetes de banco, de correspondencia o de otros documentos (partida 90.22).
- Los dispositivos clasificadores que son partes o accesorios de los aparatos de la partida 84.43.
- Los aparatos de control con mecanismo de relojería (registradores de asistencia, fechadores, controladores de ronda, etc.) (partida 91.06).
- Los sellos, numeradores, imprentillas, fechadores, estampillas y artículos similares, de mano (partida 96.11).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Se excluyen en esta subpartida las máquinas de escribir provistas de un dispositivo especial para imprimir las placas de direcciones en clisés de multicopia (partida 84.69).
Subpartida Arancelaria 8472.90.70
Los demás
Además de las máquinas descritas en las notas explicativas del SA, partida 84.72, párrafo quinto, apartados 2, 3, 5, 7 a 11 y 16 a 22, también se clasifican en esta subpartida:
1. las máquinas y aparatos para revestir por ambas caras, con película transparente, contratos, hojas de datos, planos, tarjetas de identidad u otros documentos, para protegerlos contra el desgaste, la alteración, la suciedad o el arrugado.
Sin embargo, se excluyen de esta subpartida, clasificándose en la partida 84.77, máquinas y aparatos similares, pero que no son propios de oficina (prensas para soldadura térmica) que, mediante calor y presión, fijan termoplásticamente una lámina transparente de plástico sobre la superficie o sobre el dorso de pinturas, fotografías, reproducciones artísticas, u otros productos gráficos;
2. los aparatos eléctricos de borrar, por ejemplo, para oficinas de dibujantes o diseñadores.
Tampoco se clasifican en esta subpartida:
- los aparatos impresores de la partida 84.43;
- las máquinas electrónicas de bolsillo, alimentadas por pilas, que además de realizar funciones aritméticas, están provistas de una memoria que permite almacenar datos de un anuario telefónico, programador, bloc de notas, calendario, etc. (denominadas, igualmente, «digital diaries») (subpartida 8470.10.00).