Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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84.64 | Máquinas herramienta para trabajar piedra, cerámica, hormigón, amiantocemento o materias minerales similares, o para trabajar el vidrio en frío. | |
8464.10.00 | - Máquinas de aserrar | u |
8464.20.00 | - Máquinas de amolar o pulir | u |
8464.90.00 | - Las demás | u |
Partida 84.64
84.64 Máquinas herramienta para trabajar piedra, cerámica, hormigón, amiantocemento o materias minerales similares, o para trabajar el vidrio en frío
Nota Explicativa
La mayor parte de las máquinas de esta partida son accionadas mecánicamente. Pero, aunque sean movidas a mano o con el pie (máquinas de pedal), se distinguen de las herramientas de mano de la partida 82.05, así como de las herramientas de uso manual de la partida 84.67, por el hecho de que, diseñadas habitualmente para apoyarlas en un basamento, o bien, para fijarlas al suelo, a un banco, una pared o a otra máquina, tienen una placa de asiento o cualquier otro dispositivo apropiado.
I. MAQUINAS HERRAMIENTA PARA TRABAJAR PIEDRA, CERAMICA, HORMIGON, AMIANTOCEMENTO O MATERIAS MINERALES SIMILARES
Se trata aquí de las máquinas que se utilizan para trabajar no sólo la piedra natural, sino también materiales duros similares, tales como la cerámica, el hormigón, la piedra artificial, amianto y también, aunque la mayor parte presenten características especiales de acabado y de precisión, las máquinas para trabajar las piedras preciosas y semipreciosas, que, por otra parte, se utilizan también para trabajar las piedras sintéticas.
Entre estas diversas máquinas, se pueden citar:
A) Las máquinas de aserrar y trocear tales como:
- Las máquinas de aserrar propiamente dichas (máquinas de aserrar circulares, de cinta, alternativas, con hoja dentada o sin dentar).
- Las máquinas de discos abrasivos para cortar o ranurar, que se utilizan para cortar placas o lajas, o bien, para hacer ranuras o falsas juntas en superficies o paredes de piedra o de hormigón.
- Las máquinas de aserrar con alambre helicoidal, que trabajan por medio de un alambre sin fin de acero formado por varios alambres torcidos en espiral; guiado por un sistema de poleas de garganta, el alambre penetra en la piedra por frotamiento, penetración que se facilita regando la piedra y el alambre con una mezcla de agua y polvo de piedra arenisca.
B) Las máquinas de hendir o exfoliar.
C) Las máquinas de amolar, pulir, lijar, granear, etc.
D) Las máquinas de taladrar o fresar.
E) Los tornos y máquinas de moldurar, grabar, esculpir, etc.
F) Las máquinas de tallar o rectificar muelas.
G) Las máquinas utilizadas para trabajar productos cerámicos endurecidos por la cocción (taladrar, cortar, fresar, pulir, etc.), con exclusión de las máquinas para trabajar la pasta cerámica cruda (máquinas de moldear, tornos de modelar, etc.), que se clasifican en la partida 84.74.
II. MAQUINAS HERRAMIENTA PARA TRABAJAR EL VIDRIO EN FRIO
Por trabajar el vidrio en frío debe entenderse en esta partida, el trabajo que se realiza en la superficie dura, incluso si se ha calentado para facilitar el trabajo, en oposición al trabajo llamado en caliente contemplado en la partida 84.75, que se efectúa en un vidrio en estado líquido o plástico por calentamiento prolongado.
Un gran número de las máquinas comprendidas aquí efectúan operaciones análogas a las indicadas para el trabajo de la piedra, etc., en el apartado I anterior.
Otras, por el contrario, corresponden a un trabajo más específico, tales como el trabajo decorativo o el conformado para ciertas utilizaciones específicas (óptica, industria relojera, etc.). Pertenecen a esta categoría:
- Las máquinas de cortar o recortar el vidrio, de moleta, de diamante, etc.
- Las máquinas de tallar para cristalería u otros artículos (talla de facetas, biseles, decorados diversos, etc.).
- Las máquinas de amolar, rodar, etc., que se utilizan principalmente para igualar los bordes, desbarbar los objetos moldeados y aplanar los fondos.
- Las máquinas de bruñir y pulir (incluidas las máquinas para trabajar lunas). El pulido suele ir seguido de un trabajo de acabado más completo, llamado enjabonado, que se hace con máquinas de platos afieltrados, también comprendidas aquí.
- Las máquinas para grabar el vidrio con diamante, con muela o con moleta, con exclusión de las máquinas para grabar con chorro de arena (partida 84.24).
- Las máquinas que se utilizan para el acabado o el pulido de los vidrios de óptica, de gafas o de relojería, tales como las máquinas para dar forma o pulir los cristales ópticos por desgaste de las superficies: lentes, primas, cristales de gafas (esféricos, bóricos, cilíndricos, multifocales, etc.), así como las máquinas que se utilizan para recortar los cristales de gafas.
PARTES Y ACCESORIOS
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), las partes y accesorios de las máquinas herramienta de esta partida se clasifican en la partida 84.66, con excepción, sin embargo, de los útiles del Capítulo 82.
Se excluyen de esta partida:
- Las herramientas manuales, así como las muelas de mano o de pedal, con bastidor (partida 82.05).
- El material para la extrusión o tejido de fibras de vidrio, de los tipos previstos en las partidas 84.45 u 84.46.
- Las máquinas herramienta que trabajen por arranque de materia mediante láser u otros haces de luz o de fotones, por ultrasonido o por chorro de plasma y demás máquinas herramienta de la partida 84.56.
- Las herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado incluso eléctrico, de uso manual (partida 84.67).
- Las máquinas para triturar, quebrantar, mezclar, moldear, aglomerar, colar, hacer ladrillos, etc., de la partida 84.74.
- Las máquinas-herramienta para aserrar o grabar placas de semiconductores (por ejemplo, obleas) y maquinas herramientas para pulir, amolar o plegar obleas, dispositivos semiconductores y dispositivos de visualización (display) de pantalla plana (partida 84.86).
Notas de Subpartidas
Subpartida Arancelaria 8464.10
Esta subpartida comprende las máquinas para aserrar y trocear citadas principalmente en el apartado I A) de la Nota Explicativa de la partida 84.64.