Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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84.67 | Herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual. | |
- Neumáticas: | ||
8467.11 | - - Rotativas (incluso de percusión): | |
8467.11.10 | - - - Taladradoras, perforadoras y similares | u |
8467.11.20 | - - - Para poner y quitar tornillos, pernos y tuercas | u |
8467.11.90 | - - - Las demás | u |
8467.19 | - - Las demás: | |
8467.19.10 | - - - Compactadores y apisonadoras | u |
8467.19.20 | - - - Vibradoras de hormigón | u |
8467.19.90 | - - - Las demás | u |
- Con motor eléctrico incorporado: | ||
8467.21.00 | - - Taladros de toda clase, incluidas las perforadoras rotativas | u |
8467.22.00 | - - Sierras, incluidas las tronzadoras | u |
8467.29.00 | - - Las demás | u |
- Las demás herramientas: | ||
8467.81.00 | - - Sierras o tronzadoras, de cadena | u |
8467.89 | - - Las demás: | |
8467.89.10 | - - - Sierras o tronzadoras, excepto de cadena | u |
8467.89.90 | - - - Las demás | u |
- Partes: | ||
8467.91.00 | - - De sierras o tronzadoras, de cadena | u |
8467.92.00 | - - De herramientas neumáticas | u |
8467.99.00 | - - Las demás | u |
Partida 84.67
84.67 Herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual
Nota Explicativa
Las herramientas de esta partida incorporan un motor eléctrico, un motor neumático (o un émbolo (pistón) accionado por aire comprimido), un motor de combustión interna o cualquier otro tipo de motor (por ejemplo, una pequeña turbina hidráulica). El motor neumático generalmente se alimenta de una fuente exterior de aire comprimido, y las baterías para el encendido de los motores de combustión interna están a veces separadas del conjunto. La acción del aire comprimido en las herramientas neumáticas es a veces complementada por un dispositivo hidráulico (herramientas hidroneumáticas u oleoneumáticas).
Esta partida sólo comprende las herramientas con motor si son de uso manual. La expresión "de uso manual" se refiere a aquellas que han sido concebidas para utilizarse a pulso, así como a aquellas otras más pesadas (como las compactadoras) que son portátiles, es decir, que pueden levantarse y moverse a mano por el usuario, en particular durante el trabajo, y además están concebidas para ser controladas y dirigidas a mano durante la utilización. Estos aparatos se usan a veces con dispositivos auxiliares de apoyo (trípodes, muletas neumáticas, suspensiones con muelles, etc.) para evitar el esfuerzo de levantar todo su peso durante su utilización.
Sin embargo, algunas herramientas de uso manual de esta partida disponen de aditamentos que les permiten fijarse temporalmente a un apoyo. Permanecen clasificadas aquí, junto con el apoyo, si se presentan al mismo tiempo, con tal de que dichas herramientas sean esencialmente "de uso manual" en el sentido indicado anteriormente.
Algunas de las herramientas comprendidas en esta partida pueden acoplarse con dispositivos auxiliares (por ejemplo, un aspirador y su bolsa para guardar el polvo recogido durante el funcionamiento).
Se excluyen de esta partida las herramientas que, debido a su peso, tamaño, etc., obviamente no puede usarse a mano en el sentido indicado anteriormente. Se excluyen igualmente las que, aunque sean portátiles, se acoplan a un zócalo u otro dispositivo para fijarlas a la pared, a un banco, al suelo, etc., y aquellas que puedan desplazarse sobre carriles (por ejemplo, las ranuradoras y taladradoras para durmientes de vías férreas), y las máquinas de uso manual o similares con ruedas, por ejemplo, las amoladoras para suelos de hormigón, mármol o madera, etc.
Tampoco comprende las combinaciones consistentes en un portaútiles con uno o más útiles, un motor con un árbol flexible de combustión interna de encendido por chispa o eléctrico separado; el portaútiles se clasifica en la partida 84.66, el motor con el árbol flexible en la partida 84.07 u 85.01, según los casos, y los útiles siguen su propio régimen.
Las herramientas de esta partida se emplean para el trabajo de diversas materias, en numerosas ramas de la industria.
Salvo lo dispuesto anteriormente, entre las herramientas de esta partida se pueden citar:
- Las taladradoras de mano, escariadoras y roscadoras de interiores.
- Las perforadoras rotativas.
- Las atornilladoras, las máquinas para poner pernos y sacarlos y los aprietatuercas mecánicos.
- Las cepilladoras, ranuradoras, etc.
- Las limadoras, amoladoras, lijadoras, pulidoras y alisadoras.
- Las máquinas de cepillos metálicos.
- Las sierras y tronzadores (circulares, de cadena, etc.).
- Los martillos para quitar la herrumbre, para desincrustar, para calafatear, para picar, para romper el hormigón, para remachar o roblonar, etc.
- Las remachadoras de mandíbulas, las máquinas para quitar remaches y las buriladoras.
- Las cizallas y mordiscadoras para chapas.
- Las compactadoras de arena, las máquinas para sacar los núcleos y las vibradoras para fundición.
- Los pisones, apisonadoras y compactadoras para la construcción y conservación de carreteras.
- Las azadas automáticas.
- Los vibradores para homogeneizar y compactar el hormigón.
- Las cizallas para cortar setos.
- Las desincrustadoras de turbina hidráulica para tubos de calderas.
- Las pistolas de engrase de aire comprimido para garajes, talleres, etc.-
- Las máquinas portátiles para el acabado del césped, por ejemplo para el desherbado de esquinas, a la orilla de muros, aceras o setos. Incorporan un motor en un bastidor de metal ligero y un dispositivo de corte que normalmente consiste en un hilo delgado de nailon .
- Los desbrozadores portátiles con motor incorporado, constituidos por un árbol de transmisión (incluso flexible) y un portaútiles, presentados con varios útiles de corte intercambiables, concebidos para montarse en el portaútiles.
- Las máquinas para cortar los tejidos en las industrias de la confección.
- Las máquinas para grabar, rayar, etc.
- Las tijeras eléctricas manuales, con una hoja fija y una móvil accionada por un motor eléctrico incorporado al aparato, utilizadas en los talleres de costura o de modistos, en las viviendas, etcétera.
PARTES
Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), están igualmente comprendidas aquí las partes (excepto los portaútiles de la partida 84.66) de las herramientas de esta partida.
Se excluyen además de esta partida:
- Las muelas para afilar, para pulir, las sierras de disco, etc., de piedra, de abrasivos aglomerados o de cerámica (partida 68.04).
- Los útiles del Capítulo 82.
- Los compresores de aire (partida 84.14).
- Los pulverizadores de líquidos o polvo, las pistolas pulverizadoras de uso manual, las máquinas de chorro de arena y máquinas similares (partida 84.24).
- Las cortadoras de césped eléctricas (partida 84.33).
- Los aparatos electromecánicos de uso doméstico (partida 85.09).
- Las afeitadoras, máquinas de cortar el pelo o esquilar y aparatos de depilar, eléctricos, de la partida 85.10.
- Los instrumentos electromecánicos para cirugía u odontología (partida 90.18).