Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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44.14 | Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares. | |
4414.10.00 | - De maderas tropicales | m3 |
4414.90.00 | - Los demás | m3 |
Partida 44.14
44.14 Marcos de madera para cuadros, fotografías, espejos u objetos similares
Nota Explicativa
Esta partida comprende los marcos de madera de cualquier forma y de cualquier dimensión, que se obtienen con listones o molduras ensambladas, o bien de una sola pieza a partir de madera tallada en la masa. Los marcos de esta partida pueden ser de marquetería o de taracea.
Los artículos clasificados en esta partida pueden fabricarse con madera ordinaria (natural), o con tableros de partículas o similares, tableros de fibra, madera contrachapada o estratificada similar, o con madera densificada (véase la Nota 3 de este Capítulo).
Esta partida también comprende los marcos simplemente provistos de un vidrio o de un respaldo o soporte. También se clasifican en esta partida las estampas, grabados o fotografías que se presenten con un marco de madera, cuando el marco confiera su carácter esencial al conjunto; en otro caso, estos artículos se clasificarán en la partida 49.11.
Asimismo, se excluyen los espejos enmarcados (partida 70.09).
Respecto de los cuadros, pinturas, dibujos, pasteles, “collages” y cuadros similares, así como de los grabados, estampas y litografías originales enmarcados, véase la Nota 5 del Capítulo 97 y las Notas Explicativas de las partidas 97.01 y 97.02 para determinar si el artículo enmarcado debe clasificarse en conjunto o si el marco debe clasificarse separadamente.