Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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95.04 | Videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos («bowlings»), juegos activados con monedas, billetes de banco, tarjetas bancarias, fichas o por cualquier otro medio de pago. | |
9504.20.00 | - Billares de cualquier clase y sus accesorios | u |
9504.30 | - Los demás juegos activados con monedas, billetes de banco, tarjetas bancarias, fichas o por cualquier otro medio de pago, excepto los juegos de bolos automáticos («bowlings»): | |
9504.30.10 | - - De suerte, envite y azar | u |
9504.30.90 | - - Las demás | u |
9504.40.00 | - Naipes | u |
9504.50.00 | - Videoconsolas y máquinas de videojuego, excepto las de la subpartida 9504.30 | u |
9504.90 | - Los demás: | |
9504.90.10 | - - Juegos de ajedrez y de damas | u |
9504.90.30 | - - Juegos de bolos, incluso automáticos («bowlings») | u |
- - Los demás: | ||
9504.90.91 | - - - De suerte, envite y azar | u |
9504.90.99 | - - - Las demás | u |
Partida 95.04
95.04 Videoconsolas y máquinas de videojuego, juegos de sociedad, incluidos los juegos con motor o mecanismo, billares, mesas especiales para juegos de casino y juegos de bolos automáticos («bowlings»), juegos activados con monedas, billetes de banco, tarjetas bancarias, fichas o por cualquier otro medio de pago
Nota Explicativa
Entre los artículos comprendidos en esta partida, se puede citar:
1) Los billares-muebles y las mesas de billar de cualquier tipo y sus accesorios: tacos, bolas, tizas de billar, contadores de puntos de bolas o de cursor, etc., con exclusión de los totalizadores de puntos de rodillos y similares (partida 90.29) y de los contadores con mecanismos de relojería, que indican, el tiempo de juego, o directamente, el importe que se ha de pagar en función de ese tiempo (partida 91.06) y de los portatacos de billar (partida 94.03 o según la materia constitutiva).
2) Los videojuegos (utilizados con un receptor de televisión o con pantalla incorporada) y los demás juegos de azar o de destreza con visualizador electrónico.
3) Las mesas de juego especialmente construidas para este uso, por ejemplo, las mesas que representan un tablero de damas, etc.
4) Las mesas especiales para juegos de casino o de salón (ruleta, caballitos u otros juegos); los rastrillos para crupiers, las calzas de las patas de las mesas de juego, etc.
5) Los futbolines y similares.
6) Los juegos utilizados generalmente en salas de juego, cafés y ferias, que funcionan introduciendo una moneda, un billete de banco, una ficha o demás artículos similares (por ejemplo, tarjetas de crédito), que se basan en el azar o la destreza del jugador, tales como: máquinas tragamonedas, billares eléctricos o juegos de tiro al blanco eléctricos.
7) Los juegos de bolos automáticos, aunque tengan motor y dispositivos electromecánicos.
Para la aplicación de esta partida, están comprendidos aquí no sólo los bowlings (es decir, los juegos en los que los bolos están dispuestos en triángulo), sino también los demás juegos de bolos automáticos (por ejemplo, aquellos en que los bolos se disponen en un cuadrado).
8) Los demás juegos de bolos y el croquet de salón.
9) Los conjuntos de automóviles de carreras con sus circuitos, que presenten las características de juegos de competición.
10) Los juegos de dardos.
11) Los juegos de naipes de todas clases y dimensiones (bridge, tarot, lexicón, etc.).
12) Los juegos de ajedrez, damas, dominó, halma, chaquete, honchel, loto, mahjong, de la oca, ruleta, tric-trac, etc.
13) Los accesorios comunes a la mayoría de los juegos, tales como dados, cubiletes, fichas, marcadores de puntos, indicadores de triunfo, tapetes especiales (por ejemplo, tapetes de ruleta y similares), etc.
Se excluyen también de esta partida:
- Los billetes de lotería, las tarjetas para raspar y los boletos para rifas y tómbolas (generalmente partida 49.11).
- Las máquinas y aparatos que respondan a las disposiciones de la Nota 5 A) del Capítulo 84, aunque puedan programarse para videojuegos (partida 84.71).
- Las mesas para juegos de naipes, del Capítulo 94.
- Los rompecabezas (partida 95.03).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 9504.90.10
Circuitos eléctricos de coches con características de juegos de competición
Pertenecen a esta subpartida los circuitos que, como mínimo, presenten dos pistas, lo que permite, por tanto, la evolución simultánea de dos coches por lo menos.