Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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94.04 | Somieres; artículos de cama y artículos similares (por ejemplo: colchones, cubrepiés, edredones, cojines, pufs, almohadas), bien con muelles (resortes), bien rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia, incluidos los de caucho o plástico celulares, recubiertos o no. | |
9404.10.00 | - Somieres | u |
- Colchones: | ||
9404.21.00 | - - De caucho o plástico celulares, recubiertos o no | u |
9404.29.00 | - - De otras materias | u |
9404.30.00 | - Sacos (bolsas) de dormir | u |
9404.40.00 | - Cubrepiés, colchas, edredones y cobertores | u |
9404.90.00 | - Los demás | u |
Partida 94.04
94.04 Somieres; artículos de cama y artículos similares (por ejemplo: colchones, cubrepiés, edredones, cojines, pufs, almohadas), bien con muelles (resortes), bien rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia, incluidos los de caucho o plástico celulares, recubiertos o no
Nota Explicativa
Esta partida comprende:
A) Los somieres, es decir, la parte elástica de las camas constituida, generalmente, por un bastidor de madera o de metal con muelles o bien con una tela o enrejado de alambre de acero (somieres metálicos), o bien, constituida por un bastidor de madera provisto interiormente de muelles, con relleno y forrado con tejido (somieres de tapicero).
Los muelles de espiral ensamblados para asientos, corresponden a la partida 94.01; las simples telas o enrejados metálicos de alambre de hierro o acero, sin bastidor, corresponden a la partida 73.14.
B) Cierto número de artículos de cama y similares, cuya característica esencial es estar provistos de muelles, o bien, rellenos o guarnecidos interiormente con cualquier materia (algodón, lana, crin, plumón, fibras sintéticas, etc.), o estar formados de caucho o plásticos celulares, recubiertos o no con tejido, plástico, etc.:
- Los colchones, incluidos los colchones con estructura metálica.
- Los cubrepiés y colchas (incluso los cubrecamas y colchas para coches de niño), edredones, protectores de colchones (especie de colchoneta destinada a evitar el contacto entre el verdadero colchón y el somier), travesaños, almohadas, almohadones, pufes, etc.
- Los sacos para dormir.
La presencia en estos artículos de resistencias u otros elementos calentadores eléctricos no influye en su clasificación.
Se excluyen además de esta partida:
- Los colchones de agua (partidas 39.26, 40.16, generalmente).
- Los colchones y almohadones neumáticos (partidas 39.26, 40.16 o 63.06) y los cojines neumáticos (partidas 39.26, 40.14, 40.16, 63.06 o 63.07).
- Las fundas de cuero para pufes (partida 42.05).
- Las mantas (partida 63.01).
- Las fundas de almohadas y edredones (partida 63.02).
- Las fundas de cojines (partida 63.04). Respecto a los cojines o colchonetas para asientos, susceptibles de ser considerados como partes de asientos, véase la Nota Explicativa de la partida 94.01.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 9404.10.00
Somieres
Véanse las notas explicativas del SA, partida 94.04, apartado A.
Subpartidas Arancelarias 9404.90.10 y 9404.90.90
Los demás
Se clasifican en estas subpartidas, en especial, los artículos citados en las notas explicativas del SA, partida 94.04, apartado B.2.
También pertenecen a estas subpartidas los cojines eléctricos, provistos interiormente de plástico celular, de caucho esponjoso, de guata, de fieltro o de franela.