Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
15.07 | Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente. | |
1507.10.00 | - Aceite en bruto, incluso desgomado | kg |
1507.90 | - Los demás: | |
1507.90.10 | - - Con adición de sustancias desnaturalizantes en una proporción inferior o igual al 1 % | kg |
1507.90.90 | - - Los demás | kg |
Partida 15.07
15.07 Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente
Nota Explicativa
El aceite de soja (soya) se obtiene por extracción a partir de los frijoles (habas, porotos, fréjoles) de soja (soya) (Glycine max) mediante prensas hidráulicas o de tornillo o incluso con disolventes. Es un aceite secante fijo de color amarillo pálido que se utiliza en la alimentación humana o en determinadas industrias (por ejemplo, fabricación de margarina, aderezos de ensaladas, fabricación de jabón, pinturas, barnices, plastificantes y resinas alcídicas).
Esta partida comprende, asimismo, las fracciones de aceite de soja (soya). Sin embargo, la lecitina de soja (soya), que se obtiene del aceite de soja (soya) en bruto durante el refinado, se clasifica en la partida 29.23.
Notas de Subpartidas
Subpartida Arancelaria 1507.10
Los aceites vegetales fijos, fluidos o sólidos, obtenidos por presión, se consideran en bruto si no han sido sometidos a tratamientos distintos a la decantación, centrifugación o filtración, siempre que, para separar el aceite de las partículas sólidas, sólo se haya utilizado una fuerza mecánica, como la gravedad, la presión o la fuerza centrífuga, excluyendo cualquier procedimiento de filtración por adsorción, fraccionamiento o cualquier otro proceso físico o químico. Un aceite obtenido por extracción se considera en bruto mientras no haya experimentado ninguna modificación de color, olor o sabor respecto del correspondiente aceite obtenido por presión.
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartidas Arancelarias 1507.10.10 y 1507.10.90
Aceite en bruto, incluso desgomado
Para la interpretación de la expresión «en bruto», a efectos de estas subpartidas, véase la nota complementaria 1 de este capítulo, apartados a), b) y c).
Subpartidas Arancelarias 1507.90.10 y 1507.90.90
Los demás
Estas subpartidas comprenden principalmente el aceite de soja refinado.