Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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88.05 | Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares; aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra; sus partes. | |
8805.10.00 | - Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves y sus partes; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares, y sus partes | u |
- Aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra y sus partes: | ||
8805.21.00 | - - Simuladores de combate aéreo y sus partes | u |
8805.29.00 | - - Los demás | u |
Partida 88.05
88.05 Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares; aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra; sus partes
Nota Explicativa
Esta partida comprende tres grupos de aparatos bien diferenciados:
A) Los aparatos y dispositivos para el lanzamiento de vehículos aéreos.
Estos aparatos, empleados generalmente a bordo de barcos, llevan una rampa metálica que guía el curso del avión a la salida. Los impulsos y aceleraciones necesarios para el vuelo se producen mediante aire comprimido, vapor, explosión de un cartucho, etc., sobre un carretón o un émbolo al que está fijo el aparato que se lanza.
No se clasifican en esta partida:
- Los tornos mecánicos que se utilizan para el lanzamiento de planeadores (partida 84.25).
- Las rampas y torres de lanzamiento de cohetes, cuyo papel es el de dirigir el despegue y no el de lanzar los que se elevan por sus propios medios (partida 84.79).
B) Los aparatos y dispositivos para el aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares.
Estos aparatos, que se utilizan en los portaaviones pero también en algunos aeropuertos, se utilizan para frenar el avión en el momento del aterrizaje con objeto de reducir la longitud de la pista necesaria para la detención completa del vehículo.
Sin embargo, esta partida no comprende los demás dispositivos, tales como los dispositivos de seguridad (por ejemplo, redes).
C) Los aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra.
Entre los aparatos que se utilizan para la enseñanza y entrenamiento de los pilotos, se pueden citar:
1) Los aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra accionados electrónicamente. Las condiciones de vuelo se simulan con aparatos electrónicos. Estos calculan y reproducen en los mandos e instrumentos de a bordo de la cabina, las indicaciones que resultan de las maniobras del piloto para unas condiciones dadas de vuelo. Por simuladores de combate aéreo se entiende cualquier sistema electrónico o mecánico para entrenar a pilotos simulando las condiciones del combate aéreo.
Los aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra montados en vehículos automóviles o en remolques se clasifican respectivamente en las partidas 87.05 u 87.16 (véase, sin embargo, la Nota explicativa de esta última partida).
2) Los aparatos, llamados link trainer, que constan generalmente de una pequeña cabina que gira sobre un basamento y está equipada del mismo modo que la cabina de un avión y ofrece al alumno la posibilidad de efectuar todas la maniobras requeridas para un vuelo real.
PARTES
Esta partida comprende igualmente las partes de los artefactos y aparatos contemplados anteriormente, siempre que, sin embargo, estas partes satisfagan las dos condiciones siguientes:
- Que sean identificables como exclusiva o principalmente destinadas a dichos artefactos y aparatos.
- Que no estén excluidas por las Notas de la Sección XVII (véanse igualmente las Consideraciones Generales y las Notas Explicativas correspondientes).
Por el contrario, se excluyen los artefactos cuya función principal sea la de registrar las reacciones humanas en condiciones difíciles (aceleraciones elevadas, enrarecimiento del oxígeno, etc.). Estos aparatos (columpios o bancos de ensayo para pilotos de aviones supersónicos) tienen el carácter de aparatos de sicotecnia y se clasifican en la partida 90.19.
Los aparatos que no estén diseñados especialmente para entrenamiento en vuelo de los pilotos, sino para la enseñanza general de las tripulaciones (por ejemplo, modelos agrandados de giroscopios) se clasifican en la partida 90.23.