Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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76.12 | Depósitos, barriles, tambores, bidones, botes, cajas y recipientes similares, de aluminio (incluidos los envases tubulares rígidos o flexibles), para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de capacidad inferior o igual a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo. | |
7612.10.00 | - Envases tubulares flexibles | u |
7612.90 | - Los demás: | |
7612.90.10 | - - Envases para el transporte de leche | u |
7612.90.30 | - - Envases criógenos | u |
7612.90.40 | - - Barriles, tambores y bidones | u |
7612.90.90 | - - Los demás | u |
Partida 76.12
E-Aduana
2 minutos
33
76.12 Depósitos, barriles, tambores, bidones, botes, cajas y recipientes similares, de aluminio (incluidos los envases tubulares rígidos o flexibles), para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de capacidad inferior o igual a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo
Nota Explicativa
Las disposiciones de la Nota Explicativa de la partida 73.10, relativas a los mismos artículos de metales férreos, son aplicables mutatis mutandis a las manufacturas de esta partida.
Los toneles, tambores y bidones de aluminio se utilizan especialmente para el transporte de cerveza, leche o vino; las cajas se emplean sobre todo como envases de artículos alimenticios. Se clasifican también aquí los envases tubulares rígidos, tales como los utilizados para el envasado de productos farmacéuticos (por ejemplo, comprimidos o píldoras) y los envases tubulares flexibles, por ejemplo, para cremas o dentífricos.
Esta partida no comprende:
- Los artículos de la partida 42.02.
- Los bidones, cajas y recipientes similares que tengan el carácter de artículos de uso doméstico, principalmente las lecheras, las cajas para especias o ciertas cajas para galletas, por ejemplo (partida 76.15).
- Las pitilleras, polveras, cajas para herramientas y continentes similares, que tengan el carácter de objetos personales o de artículos profesionales (partida 76.16).
- Los artículos de la partida 83.04.
- Las cajas que tengan el carácter de objetos de adorno (partida 83.06).
- Los contenedores especialmente diseñados y equipados para uno o varios medios de transporte (partida 86.09).
- Los termos y demás recipientes isotérmicos montados (partida 96.17).
Notas Explicativas
de la
Partida
del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
VUENESA
VII Enmienda
21 Julio, 2024
29 Agosto, 2024