Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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96.15 | Peines, peinetas, pasadores y artículos similares; horquillas; rizadores, bigudies y artículos similares para el peinado, excepto los de la partida 85.16, y sus partes. | |
- Peines, peinetas, pasadores y artículos similares: | ||
9615.11.00 | - - De caucho endurecido o plástico | u |
9615.19.00 | - - Los demás | u |
9615.90.00 | - Los demás | u |
Partida 96.15
96.15 Peines, peinetas, pasadores y artículos similares; horquillas; rizadores, bigudies y artículos similares para el peinado, excepto los de la partida 85.16, y sus partes
Nota Explicativa
Esta partida comprende:
1) Los peines de cualquier clase para el peinado o el aseo (peines finos, peines de bolsillo, escarpidores, lendreras, etc.), incluidos los peines para animales.
2) Las peinetas de cualquier clase, que sirven para el adorno y para la sujeción de los cabellos.
3) Los pasadores y artículos similares utilizados para la sujeción del cabello y como adorno.
Estos artículos suelen ser de plástico, marfil, hueso, cuerno, concha (caparazón) de tortuga, metal común, etc.
4) Las horquillas de los tipos ordinarios.
5) Los rizadores, bigudíes y artículos similares para el tocado, distintos de los de la partida 85.16, incluso recubiertos de materia textil o de cuero o con dispositivos de caucho o de otras materias.
Estos artículos son generalmente de metal común o de plástico.
Los que son totalmente de metal precioso o de chapado de metal precioso, o parcialmente de estas materias, de perlas naturales o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, (naturales, sintéticas o reconstituidas), se clasifican en el Capítulo 71, siempre que no constituyan accesorios o adornos de mínima importancia.
Se excluyen de esta partida las cintas para la cabeza o el cabello de materia textil (Sección XI).