Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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7311.00 | Recipientes para gas comprimido o licuado, de fundición, hierro o acero. | |
7311.00.10 | - Sin soldadura | u |
7311.00.90 | - Los demás | u |
Partida 73.11
73.11 Recipientes para gas comprimido o licuado, de fundición, hierro o acero
Nota Explicativa
Se trata aquí de recipientes de cualquier capacidad utilizados para transportar o almacenar gases comprimidos o licuados (helio, oxígeno, argón, hidrógeno, acetileno, anhídrido carbónico, gas butano, etc.).
Algunos, de forma generalmente cilíndrica (tubos o botellas), son resistentes y han sido probados a presiones altas. Pueden ser sin soldadura o con fondos soldados, formados por dos partes soldadas siguiendo la sección media o incluso soldados por la generatriz del cilindro, y en este caso los dos casquetes pueden estar soldados al cuerpo. Los demás, constituidos por un depósito interior y una o varias envolturas entre las que se puede disponer un material aislante, hacer el vacío, tener reservado un espacio para un líquido criogénico para obtener un gran aislamiento térmico, están diseñados para ciertos gases licuados que se mantienen así a la presión atmosférica o a una presión baja.
Estos recipientes pueden tener dispositivos de mando, reglaje o medida, tales como: válvulas, grifos, manómetros, indicadores de nivel, etc.
Algunos de ellos, los de acetileno principalmente, contienen una sustancia porosa inerte (kieselguhr, carbón de madera, amianto, etc.) con un aglomerante (por ejemplo, cemento), empapado de acetona, para facilitar el llenado y prevenir el peligro de explosión del acetileno cuando se comprime solo.
Otros, por ejemplo, los diseñados para suministrar indiferentemente líquido o gas, llevan un serpentín fijado en la pared interna de la envoltura en la que la evaporación del gas licuado se produce exclusivamente por la influencia de la temperatura atmosférica.
Se excluyen de esta partida los acumuladores de vapor (partida 84.04).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
No se clasifican en esta partida los depósitos portátiles para inflar los neumáticos que llevan, además del depósito de aire comprimido, un manómetro, un tubo de llenado, un adaptador, así como válvulas para la entrada y salida del aire y en los que el manómetro sirve para medir la presión de los neumáticos y no la del interior del recipiente (subpartida 9026.20.40 o 9026.20.80).