Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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68.15 | Manufacturas de piedra o demás materias minerales (incluidas las fibras de carbono y sus manufacturas y las manufacturas de turba), no expresadas ni comprendidas en otra parte. | |
- Fibras de carbono; manufacturas de fibras de carbono para usos distintos de los eléctricos; las demás manufacturas de grafito u otros carbonos, para usos distintos de los eléctricos: | ||
6815.11.00 | - - Fibras de carbono | kg |
6815.12.00 | - - Textiles de fibras de carbono | kg |
6815.13.00 | - - Las demás manufacturas de fibras de carbono | kg |
6815.19.00 | - - Las demás | kg |
6815.20.00 | - Manufacturas de turba | kg |
- Las demás manufacturas: | ||
6815.91.00 | - - Que contengan magnesita, magnesia en forma de periclasa, dolomita incluida la cal dolomítica, o cromita | kg |
6815.99.00 | - - Las demás | kg |
Partida 68.15
E-Aduana
3 minutos
69
68.15 Manufacturas de piedra o demás materias minerales (incluidas las fibras de carbono y sus manufacturas y las manufacturas de turba), no expresadas ni comprendidas en otra parte
Nota Explicativa
Esta partida comprende las manufacturas de piedra o de otras materias minerales no expresadas ni comprendidas en las partidas precedentes de este Capítulo o en otras partidas de la Nomenclatura, con exclusión, en consecuencia, de los artículos que constituyan productos cerámicos del Capítulo 69.
Se clasifican aquí, entre otros, los siguientes productos:
- Las manufacturas de grafito natural o artificial (incluso de pureza nuclear) o de otros carbonos para usos distintos de los eléctricos, y principalmente: los filtros, arandelas, cojinetes, tubos y fundas, así como los ladrillos y baldosas que hayan sido trabajados; los moldes para la fabricación de piezas pequeñas de relieve fino (por ejemplo: monedas, medallas o soldados de plomo para colecciones).
- Las fibras de carbono, así como las manufacturas de estas mismas materias. Las fibras de carbono se producen comúnmente por carbonización de polímeros orgánicos en forma de filamentos. Se utilizan, por ejemplo, como productos de refuerzo.
- Las manufacturas de turba (por ejemplo: placas, coquillas o tiestos para el cultivo de plantas); sin embargo, los artículos textiles de fibras de turba se clasifican en la Sección XI.
- Los ladrillos sin cocer de dolomita sinterizada aglomerada con alquitrán.
- Los ladrillos y demás artículos (principalmente artículos de magnesita o de cromomagnesita) simplemente aglomerados con un aglutinante químico pero sin cocer. Estos artículos se cuecen durante el primer calentamiento del horno al que han sido incorporados. Cuando se presenten cocidos, estos artículos se clasifican en las partidas 69.02 o 69.03.
- Las cubas de sílice y de alúmina, sin cocer ( por ejemplo, para la fabricación de vidrio ).
- Las piedras de toque para el ensayo de metal precioso, sean o no piedras naturales (en especial, la lidita o piedra de lidia, negra, rugosa, muy dura y de grano fino y compacto, resistente a los ácidos).
- Las manufacturas (adoquines, losas, etc.) obtenidas por fusión y compresión en moldes, sin aglomerante, de escorias de altos hornos, que no tengan el carácter de manufacturas para aislamiento térmico de la partida 68.06.
- Los tubos filtrantes de cuarzo o de sílex, molidos o aglomerados.
- Los bloques, placas y otros artículos de basalto fundido se utilizan, por su gran resistencia, para revestir; por ejemplo: en tuberías, en cangilones transportadores o en rampas para coque, carbón, minerales, grava, piedras, etc.
Se excluyen también de esta partida:
- Los bloques, plaquitas y semiproductos similares de grafito o de otros carbonos utilizados principalmente para la fabricación por corte de escobillas para usos eléctricos (partida 38.01, véase la Nota Explicativa correspondiente).
- Las manufacturas refractarias al fuego, cocidas como los productos cerámicos, a base de materias carbonadas (grafito, coque, etc.) y de pez de alquitrán o de arcilla (partidas 69.02 o 69.03, según los casos).
- Los carbones, escobillas, electrodos y demás piezas u objetos para usos eléctricos (partida 85.45).
Notas Explicativas
de la
Partida
del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
VUENESA
VII Enmienda
20 Julio, 2024
29 Agosto, 2024