Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
44.19 | Artículos de mesa o de cocina, de madera. | |
- De bambú: | ||
4419.11.00 | - - Tablas para pan, tablas para cortar y artículos similares | u |
4419.12.00 | - - Palillos | u |
4419.19.00 | - - Los demás | u |
4419.20.00 | - De maderas tropicales | u |
4419.90.00 | - Los demás | u |
Partida 44.19
44.19 Artículos de mesa o de cocina, de madera
Nota Explicativa
Esta partida comprende únicamente los objetos de madera para el servicio de mesa o de cocina, torneados o sin tornear, o de marquetería o taracea, con exclusión de los artículos de amoblado o de ornamentación. Los artículos clasificados en esta partida pueden fabricarse con madera ordinaria (natural), o con tableros de partículas o similares, tableros de fibra, madera contrachapada o estratificada similar, o con madera densificada (véase la Nota 3 de este Capítulo).
Se clasifican aquí, principalmente, las cucharas, tenedores, cubiertos para ensalada, palas para sal, fuentes y platos, potes, tazas, platillos, cajas para especias y otras cajas ordinarias de cocina, recogemigas sin cepillo, servilleteros, moldes y rodillos de pastelería, moldes para mantequilla y manos de mortero, pasapurés, cascanueces, bandejas, cuencos, tablas para picar, para el pan, escurreplatos, medidas de capacidad, etc.
Se excluyen de esta partida:
- Los artículos de tonelería (partida 44.16).
- Las partes de madera para artículos de mesa o de cocina (partida 44.21).
- Los cepillos y escobas (partida 96.03).
- Las cribas y cedazos de mano (partida 96.04).