Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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44.01 | Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, «pellets» o formas similares. | |
- Leña: | ||
4401.11.00 | - - De coníferas | m3 |
4401.12.00 | - - Distinta de la de coníferas | m3 |
- Madera en plaquitas o partículas: | ||
4401.21.00 | - - De coníferas | m3 |
4401.22.00 | - - Distinta de la de coníferas | m3 |
- Aserrín, desperdicios y desechos, de madera, aglomerados en leños, briquetas, «pellets» o formas similares: | ||
4401.31.00 | - - «Pellets» de madera | m3 |
4401.32.00 | - - Briquetas de madera | m3 |
4401.39.00 | - - Los demás | m3 |
- Aserrín, desperdicios y desechos, de madera, sin aglomerar: | ||
4401.41.00 | - - Aserrín | m3 |
4401.49.00 | - - Los demás | m3 |
Partida 44.01
44.01 Leña; madera en plaquitas o partículas; aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, «pellets» o formas similares
Nota Explicativa
Esta partida comprende:
A) La leña, que se presentan generalmente en forma de:
- Leños en bruto o cortezas.
- Trozos de leños hendidos.
- Ramas delgadas, haces de ramajes, sarmientos de viña, gavillas de, leña, cepas y raíces de árboles.
B) La madera en plaquetas o en partículas, es decir, la madera reducida mecánicamente a fragmentos que afectan la forma de plaquetas (fragmentos poco gruesos, rígidos y toscamente paralepipédicos) o de partículas (fragmentos delgados, flexibles y de escasas dimensiones), destinada a la fabricación de pasta de celulosa por procedimientos mecánicos, químicos o semiquímicos o a la fabricación de tableros de fibra o de partículas. Por aplicación de la Nota 6 de este Capítulo están también comprendidos en esta partida los productos análogos obtenidos, por ejemplo, a partir del bambú.
La madera para trituración presentada en rollizos o en cuartos se clasifica en la partida 44.03.
C) El aserrín, incluso aglomerado en leños, briquetas, bolas o formas similares.
D) Los desperdicios y desechos de madera que no puedan utilizarse en carpintería. Se emplean principalmente como madera para triturar en la fabricación de pasta para papel y de tableros de partículas o de fibras o como leña. Tales son en especial los recortes de serrería o de cepillado (incluidos los costeros), los desperdicios de manufacturas, las planchas rotas, las cajas viejas inutilizables, las cortezas y la viruta (incluso aglomerada en forma de leños, briquetas, bolas o formas similares), los demás desperdicios y desechos de carpintería, las maderas curtientes o tintóreas y las cortezas para curtir, agotadas. Están también comprendidos en esta partida los desperdicios y desechos de madera separados de los desechos de material de construcción y de los escombros de demolición, que no puedan utilizarse en carpintería. Sin embargo, los artículos de madera separados y reutilizables en su estado (por ejemplo, vigas, planchas, puertas) siguen su propio régimen.
También se excluyen de esta partida:
- La madera y desperdicios de madera recubiertos con resinas presentados como teas (partida 36.06).
- Las trozas de los tipos utilizados para triturar o para la fabricación de fósforos (cerillas) (partida 44.03) y que se diferencian generalmente de la leña por su presentación; se clasifican con cuidado, se descortezan y se pelan (se quita el líber) y no tienen, en principio, leños agrietados, podridos, rotos, curvados, nudosos, en horquilla, etc.
- La madera en tablillas, láminas o cintas, que se utiliza en cestería, para hacer tamices, cajas para productos farmacéuticos, etc., y la viruta utilizada en la fabricación de vinagre o para la clarificación de líquidos (partida 44.04).
- La lana y la harina de madera (partida 44.05).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 4401.10.00
Leña
No se establece ninguna dimensión para la leña. De hecho, el estado de la madera y el modo en que se presenta es lo que la diferencia de la madera de la partida 44.03 [véanse a este respecto las notas explicativas del SA, partida 44.01, exclusión b)].
Esta subpartida no comprende el aserrín ni los desechos y desperdicios de madera, aunque estén manifiestamente destinados al uso como leña (subpartidas 4401.31.00, 4401.39.20, 4401.39.30 o 4401.39.80).
Subpartidas Arancelarias 4401.21.00 y 4401.22.00
Madera en plaquitas o partículas
Véanse las notas 1 a) y 1 c) de este capítulo así como las notas explicativas del SA, partida 44.01, primer párrafo, apartado B.
Subpartidas Arancelarias 4401.31.00 a 4401.39.80
Aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, bolitas o formas similares
Véanse las notas 1 a) y 1 c) de este capítulo.
Esta subpartida no comprende la harina de madera, tal como se define en la nota complementaria 1 de este capítulo (partida 44.05).