Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
27.11 | Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos. | |
- Licuados: | ||
2711.11.00 | - - Gas natural | m3 |
2711.12.00 | - - Propano | m3 |
2711.13.00 | - - Butanos | m3 |
2711.14.00 | - - Etileno, propileno, butileno y butadieno | m3 |
2711.19.00 | - - Los demás | m3 |
- En estado gaseoso: | ||
2711.21.00 | - - Gas natural | m3 |
2711.29.00 | - - Los demás | m3 |
Partida 27.11
27.11 Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos
Nota Explicativa
Esta partida comprende los hidrocarburos gaseosos en bruto, sean gases naturales, gases procedentes del tratamiento de aceites crudos de petróleo o gases obtenidos por procedimientos químicos. Sin embargo, el metano y el propano, incluso puros, corresponden a esta partida.
Estos hidrocarburos, gaseosos a la temperatura de 15 °C y a la presión de 1,013 milibares (101.3 kPa) de mercurio, pueden presentarse licuados en recipientes metálicos. Frecuentemente, se les añaden, por razones de seguridad, pequeñas cantidades de sustancias de muy fuerte olor destinadas a detectar fugas.
Comprenden principalmente los gases siguientes, incluso licuados:
- Metano y propano, incluso puros.
- Etano y etileno de pureza inferior al 95%. (El etano y el etileno de pureza superior o igual al 95% se clasifican en la partida 29.01).
- Propeno (propileno) de pureza inferior al 90%. (El propeno de pureza superior o igual al 90% se clasifica en la partida 29.01).
- Butano de pureza inferior al 95% de n–butano y con menos del 95% de isobutano. (El butano de pureza superior o igual al 95% de n–butano o de isobutano se clasifica en la partida 29.01).
- Butenos (butilenos) y butadienos, de pureza inferior al 90%. (Los butenos y butadienos de pureza superior o igual al 90% se clasifican en la partida 29.01).
- Mezclas de propano y butano.
Los porcentajes considerados anteriormente se calculan con referencia al volumen para los productos gaseosos y al peso para los productos líquidos.
Por el contrario, se excluyen de esta partida:
- Los hidrocarburos de constitución química definida (excepto el metano y el propano) presentados aisladamente, puros o comercialmente puros (partida 29.01). (Respecto a estos hidrocarburos con sustancias odoríferas agregadas, véanse las Consideraciones Generales de las Notas Explicativas del Capítulo 29, apartado A), quinto párrafo. Para el etano, etileno, propeno, butano, butenos y butadienos, existen criterios específicos de pureza que se indican en los apartados II, III, IV y V anteriores.)
- El butano licuado, en recipientes de los tipos utilizados para cargar o recargar encendedores o mecheros de capacidad inferior o igual a 300 cm3 (excepto los que constituyan partes de encendedores o mecheros) (partida 36.06).
- Las partes de encendedores y mecheros que contengan butano licuado (partida 96.13).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Para la definición de estos productos véanse las notas explicativas del SA, partida 27.11.
En relación con las subpartidas previstas para los productos que se destinen:
- a un tratamiento definido,
- a una transformación química,
véanse las notas complementarias 5 y 6 de este capítulo, así como las notas explicativas correspondientes.
Subpartida Arancelaria 2711.19.00
Los demás
Esta subpartida incluye el gas licuado obtenido a partir de biomasa.
Este gas licuado resulta de la fermentación de la fracción biodegradable de los residuos industriales, domésticos o municipales, de los lodos de depuración de aguas residuales, de la fracción biodegradable de los residuos agrícolas y forestales, de los residuos de la industria agroalimentaria y de otras materias primas de origen vegetal y animal obtenidas a partir de biomasa.
Este gas se compone predominantemente de metano, así como de dióxido de carbono, en general, y, en menor medida, de sulfuro de hidrógeno, hidrógeno, nitrógeno y oxígeno.
Subpartida Arancelaria 2711.29.00
Los demás
Esta subpartida incluye el gas (en estado gaseoso) obtenido a partir de biomasa.
Este gas resulta de la fermentación de la fracción biodegradable de los residuos industriales, domésticos o municipales, de los lodos de depuración de aguas residuales, de la fracción biodegradable de los residuos agrícolas y forestales, de los residuos de la industria agroalimentaria y de otras materias primas de origen vegetal y animal obtenidas a partir de biomasa.
Este gas se compone predominantemente de metano, así como de dióxido de carbono, en general, y, en menor medida, de sulfuro de hidrógeno, hidrógeno, nitrógeno y oxígeno.