Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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II. LOS DEMÁS PRODUCTOS CERÁMICOS | ||
6906.00.00 | Tubos, canalones y accesorios de tubería, de cerámica. | kg |
Partida 69.06
69.06 Tubos, canalones y accesorios de tubería, de cerámica
Nota Explicativa
En esta partida, se trata de artículos no refractarios diseñados, en general, para encajarse unos en otros y servir para la conducción o distribución de fluidos. Pueden ser de cualquier forma o sección (rectilíneos, acodados, ramificados, de diámetro constante o variable, etc.) y estar barnizados o esmaltados.
Entre estos artículos, figuran principalmente:
1) Las tuberías de drenaje para la agricultura u horticultura, de barro ordinario poroso con una ligera cocción, bastamente trabajados.
2) Los demás tubos para canalizaciones y usos similares (bajadas de aguas pluviales, sumideros, elementos tubulares para el saneamiento de las paredes y mampuestas, tubos para la protección de cables, que no desempeñen el papel de aislantes), etc., incluidos los semitubos (vierteaguas y regueras) que sirvan para los mismos usos.
Estos artículos pueden ser de barro ordinario sin barnizar ni esmaltar, pero también, como es el supuesto más común de los tubos para instalaciones químicas, de barro impermeabilizado por vidriado (gres) o esmaltado.
3) Los accesorios de tubería para conexión o derivación (aros, manguitos, empalmes (racores), codos, tés, sifones, etc.).
No están comprendidos aquí:
- Los elementos tubulares de chimeneas, tales como cañones, remates y demás conductos de humo (partida 69.05).
- Los tubos, incluso ramificados (por ejemplo, tubos de combustión), generalmente de porcelana, especialmente diseñados para laboratorio (partida 69.09).
- Los tubos aislantes y sus piezas de unión, así como todos los elementos tubulares para usos eléctricos (partida 85.46 y 85.47, en particular).