Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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55.15 | Los demás tejidos de fibras sintéticas discontinuas. | |
- De fibras discontinuas de poliéster: | ||
5515.11.00 | - - Mezcladas exclusiva o principalmente con fibras discontinuas de rayón viscosa | m2 |
5515.12.00 | - - Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales | m2 |
5515.13.00 | - - Mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino | m2 |
5515.19.00 | - - Los demás | m2 |
- De fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas: | ||
5515.21.00 | - - Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales | m2 |
5515.22.00 | - - Mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino | m2 |
5515.29.00 | - - Los demás | m2 |
- Los demás tejidos: | ||
5515.91.00 | - - Mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales | m2 |
5515.99.00 | - - Los demás | m2 |
Partida 55.15
E-Aduana
1 minuto
3
55.15 Los demás tejidos de fibras sintéticas discontinuas
Nota Explicativa
El apartado I-C de las Consideraciones Generales de la Sección XI precisa lo que debe entenderse aquí por tejido. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que esta partida sólo comprende los tejidos de fibras sintéticas discontinuas mezclados conforme a la Nota 2 de la Sección excepto los comprendidos en las partidas precedentes del Capítulo o en alguna de las partidas de la segunda parte de la Sección (especialmente los Capítulos 58 y 59).
Los apósitos medicinales o acondicionados para la venta al por menor se clasifican en la partida 30.05.
Notas Explicativas
de la
Partida
del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
VUENESA
VII Enmienda
19 Julio, 2024
29 Agosto, 2024