Código | Designación de la Mercancía | U.F |
---|---|---|
2619.00.00 | Escorias (excepto las granuladas), batiduras y demás desperdicios de la siderurgia. | kg |
Partida 26.19
26.19 Escorias (excepto las granuladas), batiduras y demás desperdicios de la siderurgia
Nota Explicativa
Las escorias comprendidas aquí se componen, de silicatos de aluminio o de calcio, procedentes de la fusión de la ganga de minerales metalíferos que, por su relativa ligereza, se separan de la fundición liquida en los altos hornos (escorias de alto horno) o de silicatos de hierro que se forman durante el afino de las fundiciones o en la fabricación del acero (escorias de convertidor, escorias Martin, etc.). Estas escorias quedan comprendidas en esta partida, incluso si contienen una proporción de óxido de hierro suficiente para permitir la recuperación del metal. Sin embargo, las escorias procedentes del tratamiento de las fundiciones fosforosas, llamadas escorias de desfosforación, escorias fosfatadas o escorias Thomas, constituyen abonos que corresponden al Capítulo 31.
Las escorias y batiduras se utilizan como materia prima en la fabricación de cemento, como balasto, en la construcción de carreteras, etc. Las escorias de alto homo machacadas y groseramente calibradas en forma de macadán, corresponden a la partida 25.17. También se excluye la escoria granulada (arena de escorias) (partida 26.18).
Se entenderá por batiduras las escamas de óxido de hierro, que proceden del cinglado, del laminado, etc., del hierro o acero.
Se clasifica también en esta partida el polvo de altos hornos y demás desechos o residuos de la fabricación propiamente dicha de la fundición, hierro o acero, pero no la chatarra, desechos y desperdicios obtenidos durante el mecanizado o el trabajo de la fundición, hierro o acero, que se clasifican en la partida 72.04.