Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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7611.00.00 | Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de aluminio, de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo. | u |
Partida 76.11
E-Aduana
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76.11 Depósitos, cisternas, cubas y recipientes similares para cualquier materia (excepto gas comprimido o licuado), de aluminio, de capacidad superior a 300 l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimiento interior o calorífugo
Nota Explicativa
Las disposiciones de la Nota Explicativa de la partida 73.09, relativas a los mismos artículos de metales férreos, son aplicables mutatis mutandis a las manufacturas de esta partida.
Por su ligereza y su resistencia a la corrosión, el aluminio tiende a reemplazar al hierro y al acero en la construcción de depósitos, bocoyes, toneles, cubas y recipientes análogos, utilizados especialmente en numerosas industrias químicas, cervecería e industrias lácteas (por ejemplo, lechería o quesería).
Sin embargo, se excluyen de la presente partida los contenedores especialmente diseñados y equipados para uno o varios medios de transporte (partida 86.09).
Notas Explicativas
de la
Partida
del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías
VUENESA
VII Enmienda
21 Julio, 2024
29 Agosto, 2024