Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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70.02 | Vidrio en bolas (excepto las microesferas de la partida 70.18), barras, varillas o tubos, sin trabajar. | |
7002.10.00 | - Bolas | kg |
7002.20.00 | - Barras o varillas | kg |
- Tubos: | ||
7002.31.00 | - - De cuarzo o demás sílices fundidos | kg |
7002.32.00 | - - De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5x10-6 por Kelvin, entre 0° C y 300 °C | kg |
7002.39.00 | - - Los demás | kg |
Partida 70.02
70.02 Vidrio en bolas (excepto las microesferas de la partida 70.18), barras, varillas o tubos, sin trabajar
Nota Explicativa
Esta partida comprende:
- Las bolas de vidrio, generalmente obtenidas por moldeado, con prensa o con máquinas de doble tornillo, que pueden servir principalmente como primera materia para la fabricación de fibra de vidrio o para la preparación (graneado) de planchas para la impresión offset.
- Las varillas y tubos de vidrio de diversos diámetros, obtenidos generalmente por estirado (combinado con el soplado en el caso de los tubos) y apropiadas para numerosos usos (principalmente para la fabricación de piezas de máquinas o aparatos para la industria química, textil u otras, de termómetros, ampollas o piezas para lámparas eléctricas o electrónicas o artículos de adorno personal). Ciertos tubos, principalmente para tubos fluorescentes para usos publicitarios, llevan un tabicado interior procedente del estirado.
Pertenece a este grupo el llamado vidrio esmalte, en barras, varillas o tubos (esta variedad de vidrio está definida en la Nota Explicativa de la partida 70.01).
Esta partida sólo comprende las bolas sin trabajar, así como las barras, varillas y tubos sin trabajar, es decir, en bruto, sin estirar, o bien simplemente cortados en longitudes determinadas, incluso si los extremos han sido someramente despuntados o igualados.
Transformados por conformado en objetos acabados o en partes de manufacturas reconocibles como tales, estos últimos productos siguen su propio régimen (por ejemplo partidas 70.11, 70.17, 70.18 o Capítulo 90). Trabajados, pero no identificables para un destino determinado, se clasifican en la partida 70.20.
Los tubos de vidrio, incluso cortados en longitudes determinadas, que contengan en la masa sustancias fluorescentes, se clasifican en esta partida. Por el contrario, los tubos revestidos interiormente de sustancias fluorescentes, incluso sin otro trabajo, se clasifican en la partida 70.11.
Las bolas de vidrio que tengan el carácter de juguetes (canicas jaspeadas, multicolores o imitando el ágata, en envases y las bolas de cualquier clase presentadas en saquitos, para el entretenimiento de los niños) se clasifican en la partida 95.03. Las bolas que se utilizan para la obturación de frascos llamados irrellenables, que están mecanizadas después de obtenerlas, se clasifican en la partida 70.10.
Igualmente se excluyen de esta partida los granos esféricos (microesferas de diámetro no superior a 1 mm), que se utilizan principalmente para la fabricación de señales de carretera, anuncios luminosos, pantallas cinematográficas o para la limpieza de turborreactores de aviación o de superficies metálicas (partida 70.18).
Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea
Subpartida Arancelaria 7002.10.00
Bolas
Véanse las notas explicativas del SA, partida 70.02, párrafo primero, apartado 1 y los dos últimos párrafos.
Subpartida Arancelaria 7002.32.00
De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 × 10–6 por Kelvin, entre 0 °C y 300 °C
Este vidrio se caracteriza fundamentalmente por la carencia de plomo, una proporción muy pequeña de potasio y óxidos alcalinotérreos y por la presencia apreciable de anhídrido bórico; posee una gran conductividad calorífica y una notable elasticidad, siendo insensible a los cambios bruscos de temperaturas, cualidades que son particularmente adecuadas para la fabricación de artículos de cocina, vajillas, vidrio de laboratorio, vidrios de alumbrado, etc.