Zona comprendida en el ámbito de cobertura radiotelefónica de, como mínimo, una estación costera de ondas métricas, en la que se dispondrá continuamente del alerta de llamada selectiva digital -LSD- y cuya extensión está delimitada por la Autoridad Marítima Portuaria en base a las definidas por la Organización Marítima Internacional.