Código | Designación de la Mercancía | U.F |
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75.08 | Las demás manufacturas de níquel. | |
7508.10.00 | - Telas metálicas, redes y rejas, de alambre de níquel | kg |
7508.90 | - Las demás: | |
7508.90.10 | - - Ánodos para niquelar, incluso los obtenidos por electrólisis | kg |
7508.90.90 | - - Las demás | kg |
Partida 75.08
75.08 Las demás manufacturas de níquel
Nota Explicativa
A. ANODOS PARA NIQUELAR INCLUSO LOS OBTENIDOS POR ELECTROLISIS
Este grupo comprende los ánodos de níquel refinado que se emplean en el niquelado por vía electrolítica. Estos ánodos pueden obtenerse por colada, laminado, estirado, extrusión o a partir de cátodos y otras formas de electrodeposición de la partida 75.02. Se presentan:
- En formas especiales (estrellas, anillos o perfiles especiales) con una superficie anódica máxima adecuada para los fines que pretenden alcanzarse o incluso, en el caso de los ánodos en barras (que son generalmente de sección oval, elíptica, romboidal o rombo), en la longitud en la que se utilizan como ánodos.
- En placas (planas o abombadas), tiras, hojas, discos (planos u ondulados), semiesferas o bolas. Para clasificarlos en esta partida, estos artículos deben presentar características que indiquen que se trata de ánodos para niquelado, es decir, estar provistos de ganchos para colgarlos en el baño de niquelado o roscados, taladrados, etc., para colocarle los ganchos.
Los ánodos son normalmente de gran pureza, pero pueden subsistir pequeñas cantidades de ciertos elementos después del refinado o habérsele añadido intencionadamente, por ejemplo, para despolarizar los ánodos de modo que el ataque electrolítico se realice regularmente en toda la superficie y evitar pérdidas de níquel como consecuencia de la formación de lodo. Estas características, así como las particularidades descritas anteriormente, diferencian los ánodos para el niquelado de los destinados al refinado electrolítico (véase el segundo párrafo de la Nota Explicativa de la partida 75.02), que se excluyen de esta partida.
Los ánodos para niquelar del tipo convencional se reemplazan frecuentemente por el tipo de ánodos de cesta, constituidos por formas en bruto tales como arandelas de níquel dispuestas en cestas de titanio (véase la Nota Explicativa de la partida 75.02).
Se excluyen igualmente de esta partida, incluso si se destinan a su utilización como ánodos para niquelar o a convertirlos en ánodos para niquelar:
- Las placas (cátodos obtenidos simplemente por electrólisis, incluso desbarbados, cortados en tiras o en plaquitas cuadradas o rectangulares, sin labores complementarias) (partida 75.02).
- Las bolas en bruto (partida 75.02).
- Las barras simplemente coladas, laminadas o extrudidas, que no satisfagan los criterios de forma, de longitud o de trabajos recibidos indicados anteriormente (partidas 75.02 o 75.05).
- Las placas o planchas simplemente laminadas (partida 75.06).
B. LAS DEMAS
Este grupo comprende todas las manufacturas de níquel, excepto las comprendidas en el grupo precedente, en las partidas precedentes de este Capítulo, en la Nota 1 de la Sección XV, en los Capítulos 82 u 83, y finalmente, en otras partes de la Nomenclatura.
Se clasifican principalmente aquí:
- Determinadas construcciones y partes de construcciones, tales como enmarcados para escaparates, así como los elementos preparados para la construcción.
- Los depósitos, cubas y recipientes similares, de cualquier capacidad, sin dispositivos mecánicos ni térmicos.
- Las telas metálicas y enrejados, y las chapas y tiras, extendidas (desplegadas).
- Las puntas, clavos, pernos, tuercas, tornillos, así como los demás artículos de los tipos descritos en las Notas Explicativas de las partidas 73.17 y 73.18.
- Los muelles, con exclusión, de los muelles de relojería de la partida 91.14.
- Los artículos de uso doméstico o higiene y sus partes.
- Los cospeles para el acuñado de moneda que son discos con los bordes realzados.
- Las manufacturas de níquel de los tipos mencionados en las Notas Explicativas de las partidas 73.25 y 73.26.