Operador distinto del porteador, que recibe y transporta carga en forma agrupada, bajo su nombre y responsabilidad, destinada a uno o más consignatarios finales, debidamente autorizado por el Servicio Nacional de Aduana, actúa en calidad de mandatario, sea del consignante o del consignatario, por lo tanto, no son responsables frente a las navieras, depósitos o terminales portuarios, por acciones u omisiones, e inclusive por retrasos o abandonos, que sean imputables o generadas por los importadores o exportadores de las cargas.