Un contrato es de tracto sucesivo cuando las obligaciones de las partes o al menos una de ellas, se desarrolla continuamente en el tiempo, las prestaciones que ella envuelve se van desarrollando a medida que el tiempo transcurre, es de absoluta necesidad que el tiempo transcurra para que la prestación se pueda cumplir.
En el caso de los servicios aduaneros, el servicio que cumple con la condición expuesta es el de almacenaje.